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Guía completa sobre la pensión de alimentos en Chile

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Índice

La pensión de alimentos es un derecho: ¡Una guía completa que debes leer!

Pensión de Alimentos
Guía completa sobre la pensión de alimentos en Chile
15:59

La pensión de alimentos es un deber que involucra la responsabilidad de los padres sobre los hijos. En nuestro país, muchos padres y madres no cumplen con esta responsabilidad. Esto afecta el derecho de los niños y adolescentes.

En marzo de 2023, según la Corte Suprema, había más de 50 mil personas en el Registro Nacional de Deudores de Alimentos. Estas personas tenían una deuda de más de 65 mil millones de pesos. Esto ha causado cambios legales para evitar que los padres no paguen la manutención de sus hijos en nuestro país.

Muchos padres y cuidadores tienen problemas con el pago de esta obligación debido a la falta de conocimiento en esta materia.

Por eso, en Total Abogados queremos invitarte a revisar nuestra guía completa y gratuita. Hablaremos de la pensión de alimentos en Chile, quién la recibe, cómo se calcula, y qué pasa si no se paga. ¡Sigue leyendo y no te pierdas esta importantísima información!

¿Qué es la pensión de alimentos en Chile?

La pensión de alimentos es cuando los padres que no cuidan a los hijos deben dar dinero para cubrir gastos de comida, educación, etc. La pensión de alimentos se decide en el Juzgado de Familia, mediante mediación o demanda presentada ante este tribunal.

Comúnmente cuando los hijos son menores de edad, la pensión de alimentos la solicita la madre o el padre que vive con ellos. La ley dice que el padre o madre puede pedir el dinero y tomar acciones legales para asegurarse de que se cumpla.

Cuando una persona cumple los 18 años, puede solicitar directamente el cumplimiento de esta obligación. En muchos casos, cuando los hijos son adultos, el padre o madre sigue representando el derecho de alimentos de sus hijos.

¿Quiénes tienen derecho a recibir la pensión de alimentos en Chile?

En Chile, los hijos tienen derecho a recibir dinero de su papá o mamá que no vive con ellos para su sustento. Es importante tener en cuenta que también existen otros casos, como el deber de pago de alimentos entre los cónyuges, o de abuelos hacia sus nietos.

¿Hasta qué edad los hijos pueden recibir una pensión de alimentos?

La regla general en cuanto hasta qué edad se debe pagar la pensión de alimentos es la siguiente:

  • Desde el nacimiento hasta que cumplan 21 años de edad. 
  • Hasta los 28 años de edad si se encuentran estudiando una profesión u oficio, la obligación 

El juez puede prolongar el pago de la pensión a personas con problemas de salud que no puedan mantenerse por sí mismas.

¿Qué derechos tienen los hijos en cuanto a la pensión de alimentos?

Los hijos tienen derecho a recibir la pensión de alimentos oportunamente para cubrir sus necesidades básicas como alimentación, salud, educación y vestimenta. La pensión de alimentos también debe cubrir otros gastos, como el pago por concepto de vivienda, servicios básicos, y el transporte.

¿Cuáles son las características del derecho de alimentos?

  • El derecho a pedir alimentos es irrenunciable. Esto no quiere decir que la persona esté obligada a exigir una manutención, sino que el derecho a pedirlo se mantiene.
  • Es una acción imprescriptible. La persona no pierde la posibilidad de pedirlas por el paso del tiempo. Es importante recordar que si no se pidió la pensión antes, no se puede exigir que se cumpla durante ese tiempo.
  • Si una madre no pidió dinero al papá de su hijo durante 10 años, no puede pedir ahora que este cubra lo que ella gastó antes. Por eso insistimos en la importancia de formalizar esta obligación desde un inicio.
  • El derecho a pedir alimentos no se puede transferir ni vender, ni se puede perder por causa de muerte.
  • No pueden embargar mi pensión de alimentos por deudas.
  • Los alimentos no constituyen renta, por lo tanto, no está afecto al impuesto.

¿Cómo se calcula la pensión de alimentos?

Esta es sin duda la pregunta más frecuente, tanto para quien paga, como para quien recibe este monto de dinero todos los meses.

Es importante entender que no existe un monto predeterminado. Depende de las necesidades de cada niño, niña o adolescente, y de la capacidad económica de los padres.

 Para calcular la pensión de alimentos, se toma en cuenta el ingreso líquido mensual del padre o madre que debe pagar la pensión. Por ende, a este monto se le restan una serie de descuentos, como las cotizaciones previsionales y de salud.

Independiente de lo anterior, la ley establece ciertos criterios:

  • En el caso de que el alimentante tenga un solo hijo, el pago mínimo de la pensión de alimentos será 40% de un ingreso mínimo remuneracional. Entonces, a febrero del 2024 (con un sueldo mínimo de $460.000) el monto mínimo de pensión sería de $184.000 pesos.
  • Si el alimentante tiene varios hijos, la pensión será el 30% de un sueldo mínimo por cada hijo. En febrero de 2024 sería de al menos $138.000 pesos.
  • Además, se establece un límite, que no podrá exceder el 50% de las rentas del alimentante.
  • El monto se establece en UTM y el alimentante debe depositar mensualmente ese monto en pesos, ajustándolo según la actualización oficial del Servicio de Impuestos Internos.
  • El monto debe ser depositado en la cuenta que el tribunal determine para estos efectos. 

El tribunal puede hacer excepciones en ciertos casos, como cuando los hijos necesitan más o cuando la persona que paga alimentos tiene problemas económicos.

¿Cuáles son las formas en las que se puede acordar y regularizar el pago de la pensión de alimentos?

Los mecanismos legales para el establecimiento de la pensión de alimentos son los siguientes:

Mediación Familiar

La mediación es el primer paso para regularizar la pensión alimenticia. La ley exige que antes de presentar una demanda en el Tribunal, se haya intentado agotar la instancia de la mediación.

La mediación familiar es un método para resolver problemas entre personas, donde acuden a un mediador imparcial para buscar un acuerdo.  En esta instancia, no es requisito comparecer con un abogado. Además es importante entender que se pueden dar 3 situaciones:

  1. Las partes logran un acuerdo: se emite un certificado con todo el contenido de lo convenido por las partes. Ese certificado se ratifica ante el Tribunal de Familia y tiene la misma validez que una sentencia.
  2. Las partes no logran llegar a un acuerdo
  3. Una o ambas partes no se presentan a la cita con el o la mediadora

En los dos últimos casos, desde el Centro de Mediación extienden un “Certificado de Mediación Frustrada”. Este certificado, habilita a quien solicita los alimentos, para presentar una demanda en el Juzgado de Familia. ¿Sabes cómo solicitar una mediación? Puedes hacer el trámite en línea o de manera presencial o incluso podemos ayudarte a gestionar un mediador certificado.

Demanda de alimentos

La demanda de alimentos se presenta ante el Juzgado de Familia del domicilio del alimentario o alimentante. Se necesita contar siempre con la representación de un abogado o abogada experto en pensión de alimentos.

En la demanda de alimentos, se debe incorporar el Acta o Certificado de Mediación Frustrada. Con esto se acredita ante el Juez que no fue posible llegar a un acuerdo. 

Acuerdo Completo y Suficiente

Cuando se presenta un divorcio de común acuerdo y hay hijos en común, las partes deben presentar un Acuerdo Completo y Suficiente al tribunal. Este documento regula todo lo relativo al cuidado personal, régimen de relación directa y regular y la pensión de alimentos.

Transacción extrajudicial

Las partes de común acuerdo pueden fijar la pensión de alimentos a través de una escritura pública que tenga carácter de transacción extrajudicial. Este instrumento debe ser ratificado por el tribunal de familia.

Después de regular la pensión de alimentos, el tribunal confirma el monto a pagar en UTM y asigna una cuenta para hacer el pago. Es importante pagar en la cuenta que el tribunal elija, no en otra, porque solo así se podrá verificar correctamente el cumplimiento.

 

Consejos-para-enfrentar-una-demanda-por-pensión-de-alimentos

¿Qué pasa si cambia el escenario económico de las partes una vez fijada la pensión de alimentos?

La situación económica de las personas puede variar en el tiempo. También las necesidades de los niños, niñas y adolescentes. Por esta razón, la pensión de alimentos no necesariamente es un monto que se mantiene fijo para siempre.

La ley comprende la posibilidad de que el monto de la pensión de alimentos aumente, se rebaje o cese. Cada uno de estos escenarios debe ser fundamentado debidamente por la parte interesada para que el tribunal dicte una resolución que modifique la pensión original.

Aumento de alimentos

Se pide un aumento de pensión de alimentos cuando lo que se paga no alcanza para cubrir los gastos del alimentario. Concretamente se puede pedir en los siguientes casos:

  • Cuando existen situaciones que aumentan el costo mensual de los hijos.

Por ejemplo, un tratamiento médico que ahora se debe cubrir y antes no, o un aumento en los gastos mensuales de estudios, transporte, vivienda, entre otros.

  • Cuando quien paga alimentos, ha aumentado sus ingresos y no tiene gastos mayores que cubrir.

Rebaja de alimentos

Así como se puede solicitar aumento, el deudor tiene la facultad de pedir la rebaja de la pensión de alimentos. Esto sucede cuando la persona que paga la pensión tiene menos dinero, ya sea porque ganan menos o tienen más gastos.

Cese de alimentos

Respecto al cese de pensión de alimentos, es importante considerar los siguientes puntos:

  • El cese de alimentos no es automático. Hay que pedirlo (a través de las mismas vías por las cuales se regula la pensión).
  • El cese de alimentos extingue el pago de la obligación de pagar alimentos a futuro, pero no extingue deudas anteriores. 
  • Se pide el cese de alimentos cuando el hijo cumple 28 años o tiene más de 21 años y no estudia una carrera técnica o profesional.

En mayo de 2023 entró en vigencia de la Ley 21.484. Esta ley permite al tribunal de familia declarar inadmisibles las demandas de rebaja o cese de la pensión de alimentos. Esto será posible si hay una deuda vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos.

En el caso del aumento, rebaja o cese, antes de interponerlas como demanda ante el tribunal de familia, se debe agotar la instancia de mediación.

¿Qué pasa si el demandado no paga la pensión de alimentos?

Frente a las deudas de pensión de alimentos, el o la demandante cuenta con una serie de mecanismos para exigir y hacer efectivo este pago.

Antes de iniciar cualquier tipo de acción, quien persiga esta obligación debe solicitar la liquidación de la deuda. La liquidación de la deuda de pensión de alimentos se solicita al Tribunal de Familia para que informe a ambos involucrados cuánto se debe.

Esta información es clave para poder solicitar el cumplimiento forzado. Hoy existen muchos mecanismos para hacer exigible esta obligación.  Acá mencionamos algunos:

  • Suspensión o imposibilidad de renovar la licencia de conducir
  • Imposibilidad de renovación de pasaporte
  • Arraigo nacional (prohibición de salida del país)
  • Arresto nocturno de 22:00 a 6:00 horas por hasta 15 días, que puede ser ampliado a 30 días si se sigue incumpliendo.
  • Arresto completo de hasta 15 días si no cumple arresto nocturno o no paga pensión de alimentos después de dos períodos. En caso de que se den nuevos incumplimientos, el juez podrá ampliar el arresto hasta por 30 días.
  • Si el demandado trabaja para alguien, se le debe decir al jefe que guarde parte del sueldo del trabajador. Esta cantidad debe ser depositada en una cuenta para pagar la pensión, la cual puede ser hasta el 50%.
  • Retención de dineros por concepto de finiquito, en el evento de término de relación laboral
  • Retener fondos en la AFP, o en otros instrumentos bancarios, como depósitos a plazo, fondos mutuos, cuentas de ahorro, APV
  • Solicitar que se constituyan garantías sobre los bienes de su propiedad, de manera de asegurar el pago de la pensión
  • Embargar y rematar los bienes del demandado, hasta el pago total de la pensión

¿Qué es el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos?

La Ley 21.389, que entró en vigencia en el mes de noviembre de 2022, creó el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos. Se trata de un registro electrónico, que depende del Registro Civil e Identificación y que se puede consultar de manera gratuita y en línea. 

El objetivo es mejorar el control y promover el pago de las pensiones de alimentos que se adeudan. Concentra información de quiénes deben 3 meses consecutivos o 5 meses discontinuos de pago de esta obligación.

Algunos de las consecuencias de estar en este registro son:

  • Imposibilidad de pedir rebaja o cese de alimentos
  • El deudor solo podrá registrar la transferencia de una casa o un auto si demuestra que con el dinero obtenido se pagarán las deudas de alimentos.
  • En la devolución de impuestos de la Operación Renta, la Tesorería General de la República podrá retener el dinero de los deudores
  • Imposibilidad de renovar licencias de conducir ni pasaportes.
  • Puede ser considerado como un delito de violencia intrafamiliar por violencia económica contra el cuidador o cuidadora de ese niño, niña o adolescente.

 

¿De qué se trata la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de la Pensión de Alimentos?

La ley 21.484, conocida Ley de Responsabilidad Parental y Pago de Alimentos, entró en vigencia el 20 de mayo de 2023. Fue creada por el Ministerio de La Mujer y Equidad de Género.

El foco está puesto en establecer mecanismos permanentes de pago de la deuda de pensión y mejorar el acceso a la información financiera de los deudores. La ley permite al Estado ir buscar el patrimonio del deudor, involucrándose así más en este proceso.

Antiguamente, la mamá o papá que tenía el cuidado personal de sus hijos, y que demandaba la pensión de alimentos, tenía que averiguar por sus medios si el deudor tiene algún bien o ingreso para poder hacer efectivo el cumplimiento de esta obligación. Esto generaba un desgaste enorme y promovía el ocultamiento de ingresos y bienes.

Hoy el tribunal de familia tiene la facultad de investigar cuentas bancarias u otros instrumentos de inversión. Por ejemplo, puede oficiar a la Comisión del Mercado Financiero (CMF),para que los bancos u otras instituciones financieras informen si una persona con deudas tiene dinero en depósitos a plazo, fondos mutuos, cuentas corrientes, APV, entre otros. Estas entidades deben informar a tiempo para que se hagan retenciones de fondos y pagar lo que se debe.

Conclusión

Muchos niños y adolescentes no reciben apoyo económico de sus padres. Esto ha generado preocupación en el país. Se busca proteger y asegurar el pago de la pensión de alimentos.

Frente a las exigentes medidas de cumplimiento, es fundamental tomar esta obligación en serio, considerarla prioritaria e informarse lo más posible sobre las nuevas modificaciones legales. Frente a dudas, es fundamental buscar orientación de abogados y abogadas expertas en la materia.

En Total Abogados, queremos ayudarte con el proceso de regularización de alimentos. Te invitamos a demandar la pensión de alimentos solicitando tu asesoría legal con nuestros abogados expertos en pensión de alimentos. 

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