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La pensión de alimentos es un derecho: ¡Una guía completa que debes leer!
La Ley 21.389, que entró en vigor en noviembre de 2021, creó el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de alimentos. Esta iniciativa busca mejorar el pago de la pensión alimenticia.
El empleador debe retener la pensión de alimentos del trabajador en su sueldo y también en el finiquito. Esta ley amplía la obligación que ya existía.
Tal como establece el artículo 8 de la Ley 21.389, hay una modalidad de pago de las pensiones alimenticias: La retención por parte del empleador. Antiguamente la parte interesada debía solicitarlo, ahora es ordenado por el tribunal sin que se lo soliciten.
Se permite la retención por parte del empleador de la remuneración o cualquier otra prestación en dinero. La suma o cuotas periódicas de pago de pensión de alimentos, fijadas por el tribunal en la resolución correspondiente. La ley señala que dicha resolución debe ser “notificada a quien debe pagar al alimentante su remuneración”.
Si quieres saber todo sobre la retención de la pensión alimenticia en el finiquito del trabajador, sigue leyendo para enterarte de lo que debes saber.
¿Qué es el finiquito?
El finiquito pone fin al contrato de trabajo y contempla la liquidación de todas las deudas laborales entre el empleador y el empleado.
El finiquito es una forma de pagar al trabajador por sus derechos laborales, como sueldo, gratificaciones, vacaciones, indemnización por años de servicio y otros.
El cálculo del finiquito puede cambiar según el contrato de trabajo, por eso es importante tener en cuenta todos los conceptos y detalles necesarios.
¿Cuándo debe retener el empleador la pensión alimenticia?
Si se debe pagar la indemnización sustitutiva del aviso previo, el empleador debe retener el monto correspondiente a la pensión alimenticia del próximo mes. Luego, debe pagarlo a la cuenta del alimentario. Es importante recordar que el juez determina una cuenta bancaria para el depósito.
Si se debe pagar una indemnización por años de servicio, el empleador debe retener un porcentaje del total para pagar la pensión de alimentos del trabajador. Este monto se descuenta del salario mensual y se deposita en la cuenta del beneficiario.
Consideraciones sobre la retención de la pensión de alimentos en el finiquito
- En primera instancia, se realizará por una notificación por cédula gestionada por un receptor judicial. Sin embargo, el juez podría ordenar que dicha notificación se efectúe por alguna otra forma más expedita, como un correo electrónico del empleador.
- Se permiten la retención de la remuneración o cualquier prestación en dinero.
- Se descontará el dinero de los alimentos ordenados por el juez en la resolución, después de restar los impuestos y las cotizaciones obligatorias de seguridad social.
- Si no se retiene el dinero ordenado por un juez, se comete una falta. Además, se debe pagar una multa al gobierno. Esta multa es el doble de la cantidad a retener. Además de ser obligado solidariamente al pago de la pensión de alimentos.
- Además, la ley establece una obligación de retener montos por concepto de pago de pensión de alimentos a ciertos items del finiquito.
- El empleador debe informar al tribunal sobre el fin del trabajo con la persona que debe pagar la pensión de alimentos. Este informe debe realizarse en un plazo de 10 días hábiles.
- No importa la causa de término de la relación laboral.
¿Cómo declara el empleador la retención de la pensión alimenticia?
Como empleador deberá declarar por escrito su deber de retener judicialmente la pensión alimenticia, ya sea con su remuneración o finiquito. En las liquidaciones de sueldo se debe señalar si se descuentan montos por este concepto.
Si no se cumple con esto, el empleador deberá pagar las pensiones alimenticias que no se descontaron o retuvieron. Luego, estas pensiones se pagarán a la cuenta indicada por el tribunal.
Si hay un juicio laboral y la empresa debe pagar al trabajador, también debe descontar y pagar los montos de pensión alimenticia que se deben.
De ser así, se deben tener en consideración dos obligaciones:
- Declarar y poner en conocimiento del tribunal que se debe retener judicialmente un monto por concepto de pensión de alimentos.
- Acompañar un comprobante de pago a la cuenta del alimentario a la causa.
¿Qué rol tiene el ministro de fe?
Los ministros de fe deben solicitar pruebas al empleador. Estas pruebas deben demostrar que se realizó el descuento, la retención y el pago en la cuenta indicada por el tribunal. Solo después de verificar estas pruebas, los ministros de fe pueden confirmar el finiquito.
El ministro de fe revisará si el empleador debe retener impuestos. Pide las últimas tres liquidaciones del trabajador para ver el sueldo mensual y los descuentos por retención judicial. El ministro de fe hace esta verificación antes de que termine el trabajo.
Conclusión
La Ley 21.389 impone más deberes a los empleadores sobre la pensión de alimentos.
Una de ellas es la obligación de notificar al tribunal que conoce de la causa de deudas de pensión de alimentos, del término de la relación laboral con el alimentador.
Esto debe ocurrir en un plazo de 10 días hábiles para hacer efectiva la retención correspondiente. Esto se aplica sin importar la causa del término de la relación laboral.
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