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La pensión de alimentos es un derecho: ¡Una guía completa que debes leer!
En Chile existe una importante cantidad de personas que mantienen deudas de pensión de alimentos. Independiente de la razón detrás del no pago, las consecuencias de una deuda afectan a todos: sanciones y apremios para el deudor, sobrecarga financiera para la madre o el padre que tiene el cuidado personal y afectación económica para los hijos.
Muchas personas indican que la morosidad en el pago obedece a una disminución de los ingresos y aumento de los gastos mensuales del alimentante (quien debe pagar pensión).
Frente a esa realidad, lo más lógico sería evaluar la rebaja de la pensión de alimentos, ya que ésta se fija considerando la capacidad económica de quien paga. Sin embargo, ¿puedo pedir una rebaja si tengo deudas? Con las últimas modificaciones legales, la alternativa de los deudores de pensión de alimentos de demandar una rebaja se ve cada vez más lejana.
En Total Abogados queremos que revises este contenido y que podamos ir resolviendo esta pregunta con más detalle.
Casos en que una persona puede solicitar rebaja en pensión de alimento
Rebajar una pensión de alimentos ya fijada por el tribunal es una posibilidad que puede aliviar financieramente a quien paga mensualmente esta obligación. La rebaja de pensión de alimentos siempre es posible si existe un acuerdo entre ambas partes.
De esa forma, a través de un proceso de mediación, el alimentante y el alimentario pueden acordar una reducción en el monto que se paga mes a mes. Cuando no existe acuerdo y el proceso de mediación resulta frustrado, quien paga alimentos debe demostrar que ya no es posible ni se justifica pagar el mismo monto de pensión.
Los casos más frecuentes son:
- Cesantía
- Reducción de remuneración (generalmente por cambio de trabajo)
- Nacimiento de un nuevo hijo o hija
- Otros tipos de gastos justificados de quien paga alimentos
- Reducción de los gastos de quien recibe alimentos
¿Qué mecanismos existen para solicitar la rebaja de la pensión de alimentos en Chile?
Para disminuir el monto que se paga mes a mes por concepto de pensión de alimentos no basta el acuerdo de palabra entre las partes.
Al igual que la primera vez que regula, cuando se aumenta y se cesa en el pago de la pensión, con la rebaja debe existir un mecanismo oficial para que sea una realidad.
De lo contrario, sólo estaríamos acumulando una deuda por no pagar lo que efectivamente está en el papel. Las formas en cómo se rebaja el monto de la pensión son:
-
Mediación familiar
La Mediación Familiar es un sistema de solución de conflictos alternativo. El proceso es totalmente distinto a un juicio, pero en el evento de lograr un acuerdo, tiene los mismos efectos que una sentencia judicial.
En la mediación es posible acordar una rebaja de la pensión de alimentos de mutuo acuerdo aunque la persona que paga alimentos (conocido como alimentante) tenga deudas de pensión de alimentos y se encuentre en el Registro Nacional de Deudores.
En la mediación pueden ocurrir dos situaciones:
1.1 Que se logre un acuerdo:
Sale humo blanco. Las personas acuerdan rebajar el monto de pensión de alimentos frente al mediador o mediadora familiar. En ese caso, el mediador envía el Acta de Mediación con los acuerdos al Tribunal de Familia.
El juez o jueza revisa el Acta, y si cumple con los requisitos legales valida el nuevo monto de pensión que debe respetarse.
1.2 Que no logren un acuerdo:
Si no existe acuerdo entre las partes o una o ambas no se presentan al proceso de mediación, ésta resulta frustrada y habilita al alimentante para demandar la rebaja al tribunal de familia.
Generalmente cuando existen deudas de pensión, es más difícil alcanzar un acuerdo con la persona que recibe la pensión de alimentos.
Demanda de rebaja de pensión de alimentos:
Una vez que se frustra por completo el proceso de mediación, el interesado, en este caso, quien paga los alimentos, debe interponer una demanda ante un juez de familia.
¿Puedo rebajar la pensión de alimentos si tengo deudas?
Después de haber revisado cuándo y cómo aplica una rebaja en la pensión de alimentos, es importante entender por qué es tan difícil solicitar una rebaja de pensión de alimentos si existe una deuda. Para responder esta pregunta, es importante separar dos escenarios:
Acuerdo entre las partes para rebajar la pensión de alimentos:
En caso de que ambas partes estén dispuestas a que se disminuya el monto de pensión de alimentos, la deuda o morosidad en el pago de la pensión no impide concretar ese acuerdo.
Sin acuerdo entre las partes para rebajar la pensión de alimentos
Antes de mayo de 2023, las demandas de rebaja de pensión de alimentos eran declaradas admisibles aún si el solicitante tenía una deuda por no pago de esta obligación. Esto significa que se aceptaban para ser tramitadas y discutidas en un proceso judicial.
¿Qué ocurrió en mayo de 2023?
En mayo de 2023, se publicó y entró en vigencia la Ley de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de la Pensión de Alimentos (Ley 21.484).
La nueva normativa busca mecanismos activos para lograr el cumplimiento de las pensiones adeudadas. Dentro de estos mecanismos existen impedimentos para poder demandar la rebaja o cese de alimentos frente a la existencia de una deuda.
La nueva ley específica: "El tribunal deberá declarar inadmisible la demanda de rebaja o cese de pensión en el caso que la persona se encontrare con inscripción vigente en el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos” ..."salvo que la única fuente de ingreso de éstos corresponda a una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia".
No olvidemos que además de la Ley 21.484 de Responsabilidad Parental y Pago Efectivo de la Pensión de Alimentos, existe la Ley que crea el Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos.
El registro opera para todos quienes dejen de pagar tres pensiones de alimentos de manera consecutiva o cinco discontinuas. Las personas que ingresen a este registro no podrán presentar una demanda de rebaja o cese en el pago de la pensión de alimentos.
La razón detrás de esta lógica es muy simple: generar un mecanismo de presión a quienes mantienen deudas para instarlos a buscar soluciones reales y ponerse al día con el pago de sus obligaciones. Sobre todo porque la pensión de alimentos tiene relación con la corresponsabilidad en el cuidado y protección de los hijos.
La norma sólo excepciona casos en que el deudor se encuentre en una situación de necesidad mayor y tenga como única fuente de ingreso una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia.
Conclusiones
Rebajar el monto que se paga por concepto de pensión de alimentos es una acción que debe estar justificada y formalmente regulada.
Frente a personas que mantienen deudas de pensión de alimentos, la posibilidad de rebajar la pensión se hace más difícil.
La razón está dada por los mecanismos que la ley ha estipulado para presionar y evitar que las personas mantengan deudas con sus hijos.
La única forma de poder optar a una rebaja de pensión de alimentos, es a través de un acuerdo con quien recibe la pensión o su representante.
De lo contrario, si la persona está dentro del Registro Nacional de Deudores de Pensión de Alimentos, la regla general es que esas demandas ni siquiera son admitidas a tramitación.
En Total Abogados recomendamos a todas las personas que pagan pensión de alimentos, tener presente esta situación y evitar incurrir en deudas por no pago, instando a soluciones colaborativas en pos del bienestar de sus hijos e hijas. Solicita tu asesoría legal y pide tu rebaja de pensión de alimentos.
Solicita tu asesoría legal sobre pensión de alimentos