Demanda por deudas en Chile: Guía práctica que debes leer | Audio Blog

Guía sobre cómo enfrentar una demanda por deudas en Chile

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¿Qué hacer si te demandan por deudas? ¡Una guía completa para evitar el embargo de bienes!

Deudas
Demanda por deudas en Chile: Guía práctica que debes leer | Audio Blog
12:40

Enfrentar un proceso de endeudamiento en Chile no es fácil. Detrás de cada deuda existe un mundo desconocido y de mucha especulación. “¿Puedo ir preso por una deuda? ¿Me van a quitar todos mis bienes? ¿Podré volver a bancarizarme?”. Las dudas son muchas y las respuestas algo confusas.

Ocurre que dentro de cada deuda existe un contexto legal que es importante comprender. Por eso, en Total Abogados queremos remitirnos a esta guía práctica para que puedas entender en palabras simples qué ocurre cuando dejas de pagar un crédito o un préstamo.

Por otro lado, contar con información oportuna puede ser una gran herramienta para tomar buenas decisiones financieras y proteger tu patrimonio.

¡Recuerda que la información es poder! Partamos por lo más básico:

¿Qué es una deuda?

Una deuda es un compromiso de pago que se adquiere con un tercero. Esta obligación supone dar un monto de dinero en favor de una persona particular, un banco, institución financiera, de comercio u otra entidad.

Frente a una deuda existe una relación entre dos partes: el acreedor y el deudor. El deudor debe responder al acreedor con el pago de la obligación y frente al no pago, el acreedor puede ejercer ciertas acciones.

¿Es malo endeudarse?

El endeudamiento no es necesariamente algo negativo, ya que permite obtener financiamiento para adquirir muchos bienes y servicios de alta relevancia social.

Desde la opción de acceder a una carrera profesional, adquirir una casa, un automóvil, levantar un negocio y una serie de cosas que son claves para nuestra vida diaria.

El problema surge cuando tus deudas excedan tu capacidad de pago. Efectivamente frente a ese escenario comienzan los problemas.

Se estima que un porcentaje saludable de endeudamiento bordea desde un 30 a un 40% del ingreso líquido mensual total del deudor. Cuando ese porcentaje es más alto, podrían presentarse dificultades para responder a esa obligación.

¿Qué tipos de deudas existen?

Existen múltiples tipos de deudas. Las obligaciones que una persona contrae son muy variadas. Desde deudas por no pago de un arriendo, de pensión de alimentos, de cotizaciones previsionales, o deudas en casas comerciales, bancos y cajas de compensación.

Los ejemplos son múltiples. Cada una de estas deudas tiene títulos distintos para hacerlas cumplir: un contrato, una sentencia, un pagaré, un cheque, etc. Sobre este punto profundizaremos más adelante.

¿Qué ocurre si no pago una deuda?

Aunque suene obvio, si no pago una deuda estoy incumpliendo una obligación. Esto habilita al acreedor para informar al registro o boletín comercial (como DICOM) y  realizar las respectivas acciones de cobranza.

¿Qué significa estar en DICOM?

El DICOM es el Directorio de Información Comercial. Se trata de una base de datos que muestra el comportamiento financiero de empresas y personas.

Además del DICOM, existe el Boletín Comercial que administra la Cámara de Comercio de Santiago, y tiene fines similares. 

Cuando se carga una de tus deudas al informe de deudas, significa que tienes una morosidad en el pago y que tu riesgo crediticio es más alto. Al ser más alto, evidentemente se disminuyen tus opciones de inversión y de acceder a otros préstamos y créditos.

¿Cómo el acreedor puede cobrar una deuda?

Existen 3 tipos de acciones de cobro que es importante que puedas reconocer.

Cobranza preventiva

Esta instancia es anterior al incumplimiento del pago de una deuda. Como su nombre lo indica, la idea de este proceso es evitar que te atrases en el pago de las cuotas de tu crédito.

Es muy recurrente que empresas de servicios básicos te recuerden por correo electrónico o mensaje de texto de la importancia que te pongas al día con el pago de tu cuota. En esta etapa no existe un incumplimiento aun.

Cobranza extrajudicial

La cobranza extrajudicial inicia desde que se presenta el incumplimiento del pago en la fecha establecida. Es el mecanismo más usado por los acreedores para empujar el pago de tu deuda.

Se presenta muchas veces con insistentes llamados, cartas, correos e invitaciones a renegociar las deudas. Respecto a este último punto te recomendamos firmemente asesorarte y entender a cabalidad las condiciones de la repactación de deudas.

Muchas veces renegociar tu deuda puede parecer un alivio frente a una imposibilidad de pago. Sin embargo, en muchos casos acaba convirtiéndose en una nueva deuda y con un valor total mucho más alto en intereses.

Cobranza judicial

La cobranza judicial hace referencia a las acciones legales que el acreedor presenta en tu contra. En palabras más simples, se traduce en una demanda en tu contra por las cuotas impagas.

La cobranza judicial busca forzar el pago a través de los bienes del deudor. Esto se materializa con el embargo de los bienes. La mayoría de las deudas en Chile se remiten a créditos de consumo y deudas hipotecarias. En ellas, existe un título ejecutivo.

¿Qué es un título ejecutivo?

El título ejecutivo es un documento al cual la ley le da la validez suficiente para demostrar que existe una obligación. De esa forma, el proceso de cobranza judicial se realiza por medio de un juicio ejecutivo. Instancia más breve que el proceso ordinario de cobro de deudas. 

El artículo 434 del Código de Procedimiento Civil, enlista los títulos ejecutivos. Revisemos algunos de ellos:

  1. Letras de cambio
  2. Pagarés
  3. Cheques
  4. Facturas 
  5. Copias autorizadas de escrituras públicas
  6. Sentencias del tribunal (cuando ya no proceden recursos)
  7. Confesiones judiciales

Como ya lo adelantamos, la mayoría del sobreendeudamiento de las personas en Chile se produce por la obtención de créditos de consumo que se obtienen con bancos,  casas comerciales, y otras entidades financieras. En estos casos, el pagaré es el título que demuestra la existencia de la deuda.

 

¿Cómo funciona una demanda ejecutiva por deudas?

Si tu acreedor tiene un título ejecutivo y la deuda está impaga, está en condiciones de iniciar una demanda para forzar el cobro de lo adeudado. A continuación te explicamos los pasos claves:

1. Se presenta la demanda

Con la asistencia de un abogado, se interpone una demanda judicial por deudas en el Juzgado Civil. La demanda debe cumplir con ciertas formalidades, como la individualización del deudor, la naturaleza y monto de la deuda, la existencia de un título ejecutivo, entre otras.

2. El juez resuelve

Si la demanda cumple con los requisitos legales, el juez del Tribunal Civil la declara admisible para ser tramitada. 

3. Requerimiento de pago

Con la declaración de admisibilidad de la demanda, el acreedor contrata a un receptor judicial para que notifique la demanda con el requerimiento de pago. La notificación debe ser realizada en el domicilio del demandado.

4. Posibilidad de defenderse

Una vez notificada la demanda, corre el plazo para defenderse. La defensa se hace a través de un escrito que presenta un abogado. Jurídicamente se habla de “oponer excepciones”. En palabras simples, es rebatir la forma o el fondo de la demanda.

La oportunidad para defendernos es muy breve. La ley establece un plazo de 8 días habiles para poder contestar esa demanda. En Total Abogados somos muy enfáticos en recomendarle a las personas que busquen asesoría legal inmediata para preparar esa defensa.

Algunas razones de defensa pueden remitirse a:

  • Inexistencia de la deuda
  • Deuda pagada total o parcialmente
  • Plazo de la acción de cobro permite alegar la prescripción
  • La persona demandada no tiene la calidad de deudor
  • Otros vicios formales de la demanda

Si transcurre el plazo legal para contestar la demanda y no lo hacemos, perdemos la oportunidad de defendernos de la demanda. Dentro del proceso de defensa, se podría dar término a la demanda ejecutiva o se podría dar traslado al acreedor para que subsane ciertos errores.

Todo esto va a depender de la razón que se exponga para defenderse de la demanda. Por ejemplo, si el tribunal considera que la deuda está prescrita en su totalidad, debe resolver que la acción de cobro queda extinguida y por ende el procedimiento llega a su fin.

6. Embargo

El embargo de bienes es un proceso que va en favor del acreedor. Es decir del banco o la casa comercial a la que le debes dinero. En esta etapa, el receptor judicial se traslada al domicilio del deudor a registrar los bienes que podrían irse a remate. 

Para ser más preciosos y cuando nos referimos a registrar, no hablamos de rematarlos. Se refiere a realizar las anotaciones para dejar constancia que esos bienes podrían ser rematados para saldar la deuda del acreedor. Por eso, el deudor o demandado no puede vender esas especies. 

Respecto a los vehículos e inmuebles como casas, terrenos o departamentos, el embargo se traduce en dejar la prohibición de enajenar en el Registro Civil y Conservador de Bienes Raíces, respectivamente.

7. Tercerías

La tercería es la oportunidad que tiene una tercera persona, que no es el deudor ni el acreedor, de defenderse de un proceso de embargo. La razón de esta defensa, radica en que el receptor anota bienes que son de su propiedad y no del deudor.

El ejemplo más común es en aquellos casos en que el deudor vive de allegado en el domicilio de una tercera persona (que podría ser su padre, madre, pareja u otro). Esa persona podría perfectamente interponer una tercería, con apoyo de un abogado, para indicarle al tribunal que uno o más bienes que fueron registrados, deben salir del embargo.

La tercería debe demostrarse. No falta solamente con señalar que esos bienes pertenecen a una persona que no es parte del juicio. Se deben exhibir documentos, declaraciones de testigos u otros medios de prueba.

8. Retiro de bienes

El retiro de los bienes es el proceso por el cual el receptor concurre al lugar donde se encuentran los bienes que serán embargados, para poder hacer el retiro y trasladarlos al lugar del remate. En ocasiones puede realizar esta gestión acompañado de la fuerza pública (Ej. Carabineros).

Esto obviamente aplica respecto de bienes muebles.

9. Remate de los bienes

El remate es la venta de los bienes del deudor para pagar la deuda del acreedor o los acreedores. Es una venta forzada que tiene el objetivo de cubrir la deuda impaga. 

10. Liquidación del crédito

La liquidación del crédito o la deuda es la cuenta final que presenta el tribunal cuando se lleva adelante el remate de bienes. En ese proceso, se podría declarar la deuda pagada en su totalidad o no. Para entender mejor este punto, revisemos los 3 escenarios más frecuentes de un proceso de remate:

Que el dinero obtenido del remate sea insuficiente para cubrir la deuda

Si producto del remate no se alcanza a cubrir el total de la deuda, no existen muchas más opciones para el acreedor. A menos que el deudor adquiera nuevos bienes que le permitan iniciar una nueva solicitud de embargo.

Que el dinero obtenido del remate permita cubrir el 100% de la deuda

En ese caso, la deuda se extingue y el acreedor obtiene el cumplimiento total de la deuda. No pudiendo iniciar una nueva acción de cobro sobre esa deuda en particular.

Que el dinero obtenido del remate sea mayor al valor total de la deuda

En ese caso, el acreedor satisface al 100% el cumplimiento forzado de la deuda impaga y se le entrega sólo el monto correspondiente a lo demandado. El resto del dinero es entregado al deudor.

Conclusiones

Nuestro país cuenta con un proceso claramente establecido para el cobro de deudas impagas. Existen instancias no judiciales y judiciales para exigir el cumplimiento forzado de esta obligación.

En el último caso, sabemos que el proceso más frecuente es el juicio ejecutivo. Este procedimiento busca que se trabe un embargo sobre los bienes del deudor y con eso se pague lo que se adeuda.

La demanda ejecutiva acarrea una presión y riesgo sumamente alto para el deudor y su entorno familiar. El riesgo de perder bienes tan importantes como una casa, un auto u otras especies de valor, es una preocupación permanente para muchas personas en nuestro país.

En Total Abogados reconocemos esta situación e instamos a buscar asesoría a tiempo para evaluar las alternativas a seguir. Si estás atravesando por un sobreendeudamiento debes buscar apoyo financiero y legal.

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