Es importante tener en cuenta que el acto de firmar un contrato de trabajo es libre, entre el empleador y trabajador, y tiene por objeto establecer los derecho y obligaciones bajo las cuales se llevará a cabo la relación laboral.
Como trabajador estos son los puntos más relevantes que debes tener en cuenta al firmar un contrato de trabajo.
Tipo de contrato
En Chile existen tres tipos de contrato de trabajo:
– Contrato a plazo fijo. Es aquel contrato en el que se establece desde el principio la fecha de inicio y la fecha de término
– Contrato indefinido. Es aquel contrato que solo tiene fecha de inicio, pero no se establece la fecha de término.
– Contrato por obra o faena. Es aquel contrato que se relaciona con el servicio a prestar por la persona contratada y que tiene definida la fecha de inicio, pero la fecha de término dependerá de la ejecución de la labor para la cual fue contratada.
Fecha para la firma del contrato
Por ley, el plazo máximo para recibir el contrato escrito y firmarlo desde que la persona inició sus labores, es de 15 días. En el caso de contratos fijos inferiores a 30 días o contratos por obra o faena ese plazo se reduce a 5 días.
Datos mínimos que debe contener el contrato
Al menos el contrato deberá señalar lo siguiente:
– Nombre completo del trabajador
– Nacionalidad
– RUT del trabajador
– Fecha de nacimiento
Respecto del servicio a prestar por parte del trabajador
La Dirección del Trabajo ha sido muy enfática en señalar que las funciones a desarrollar por el trabajador deben quedar establecidas de la forma más clara posible ya que, de no ser así, el trabajador podría negarse a realizar labores que no estén señaladas ahí.
Lugar en que se prestarán las funciones
Este es un punto clave y el Código del Trabajo señala explícitamente que la dirección del lugar en que se prestarán los servicios debe quedar establecida en el contrato y no es posible cambiar al trabajador en forma arbitraria a otra ciudad o región.
Monto de las remuneraciones y fecha de pago
Se debe señalar en el contrato el monto que el trabajador recibirá por sus servicios y el periodo en que se efectuará el pago. Es importante que se tenga en consideración el sueldo mínimo que esté establecido en ese momento para trabajadores que trabajen 30 horas o más. Debiendo señalarse también si el pago será diario, semanal, quincenal o mensual, no debiendo nunca exceder el mes.
Horarios
Se debe establecer en el contrato, la cantidad de horas que trabajará la persona a la semana o diariamente, el horario de trabajo, el horario de almuerzo y su duración, entre otros.
Otros acuerdos
Todo otro acuerdo al que se llegue entre trabajador y empleador deberá quedar señalado en el contrato de trabajo como, por ejemplo, si habrá un bono de cumplimiento de metas, si un día a la semana podrá trabajar desde su casa, etc.
¿Qué pasa si el trabajador se niega a firmar el contrato de trabajo?
En este caso el empleador podrá enviar el contrato a la Inspección del Trabajo, que podrá acudir al lugar de trabajo para pedirle al trabajador que firme o citarlo para que lo haga en las dependencias de la Inspección. Si el trabajador se niega a firma sin tener una justificación, el empleador podrá despedirlo sin derecho a pago de indemnización.