¿Cómo hacer un testamento para repartir la herencia?

¿Cómo hacer un testamento para repartir la herencia?

Índice

Guía sobre la herencia en Chile: defiende y protege a quienes más quieres

liquidación de bienes

El testamento en Chile es el mecanismo que contempla la ley para poder repartir una herencia a los herederos. Si bien en Chile no tenemos una tradición muy fuerte de testar, el testamento abre una serie de posibilidades que puede contribuir a realizar una partición y asignación que se ajuste a la voluntad del testador. Esto entrega una tranquilidad pensando en el futuro. 

Lo anterior refleja que las dinámicas humanas y familiares son únicas. Las confianzas y afectos muchas veces requieren que en un instrumento refleje esta realidad.

Por ejemplo, si una persona tiene 3 hijos y  por alguna circunstancia personal está distanciado de uno de sus hijos, es probable que esa persona quiera repartir sus bienes de una forma distinta a la que la ley contempla para las asignaciones forzosas.

Antes de entender cómo el testamento puede permitir una repartición de la herencia en vida, es importante entender qué es el testamento y qué posibilidades entrega.

En Total Abogados nos preguntan diariamente por este tema, y en este sentido queremos informar sobre los aspectos legales centrales para que puedas evaluar la decisión de dejar o no un testamento.

¿Qué es un testamento?

El testamento es un acto unilateral donde interviene la voluntad de una sola persona, en este caso del testador.  Es él o ella quien puede disponer de las cosas que acumuló durante su vida como propiedades, vehículos, inversiones, entre otros a favor de terceros.

Por otro lado, el testamento permite realizar declaraciones juradas, asignar albaceas o curadores de bienes, reconocer hijos, etcétera. El testamento sólo tiene validez una vez que la persona fallece. En ese momento los herederos deben tomar conocimiento de su existencia consultando el Registro Nacional de Testamentos del Registro Civil e Identificación.

Con esa información disponible, se debe tramitar la posesión efectiva en un tribunal civil con la asistencia de un abogado o abogada especializado en la materia. Cabe señalar que el testamento debe cumplir con ciertas formalidades para ser válido. Lo más común es que sea otorgado por escritura pública ante notario.

Las formalidades del otorgamiento dependerán del tipo de testamento de que se trate. En el caso del testamento abierto, se debe ir ante un notario con tres testigos mayores de 18 años y se puede llevar el testamento escrito. El notario deberá leerlo en voz alta ante los tres testigos.

En el caso de testamento cerrado, se debe llevar a la Notaría el testamento en sobre cerrado, escrito y firmado por el testador. En el sobre deben ponerse los datos y firmas del testador, el notario, los tres testigos y la fecha del otorgamiento. El testador debe decirles, a viva voz, que en el sobre está contenido su testamento.

¿Cómo se reparte la herencia en un testamento?

Para saber cómo se desarrolla la repartición de bienes en un testamento es clave que puedas entender cuáles son los porcentajes de asignación que confiere la ley. En Chile, existe una fuerte tradición de vincular la herencia a los lazos familiares y sanguíneos.

Esto trae como consecuencia que se limite la libertad de testar y se deban respetar ciertos porcentajes a familiares más cercanos. Las asignaciones testamentarias son:

1. Mitad legitimaria

Como lo señala su nombre, comprende la mitad de la herencia, es decir el 50%. Ésta debe respetar las reglas generales de las asignaciones forzosas y los órdenes sucesorios que están detallados en el Código Civil.  En ese sentido, contamos con:

1.1 Primer orden sucesorio

Corresponde a los  hijos y cónyuge  o conviviente civil sobreviviente. La ley entiende que si es sólo un hijo y un cónyuge, ambos heredan en partes iguales. Si hay más de un hijo, el cónyuge hereda el doble de lo que le corresponde a cada hijo.

1.2 Segundo orden sucesorio

A falta de hijos hereda el cónyuge o conviviente civil sobreviviente y los ascendientes del grado más próximo (padres y a falta de éstos, los abuelos)

1.3 Tercer orden sucesorio

Si la persona fallecida no cuenta con familiares indicados en el primer y segundo orden sucesorio, heredan los hermanos y hermanas en partes iguales.

1.4 Cuarto orden sucesorio

En el evento de no existir familiares de los 3 órdenes sucesorios ya indicados, heredan los parientes colaterales más cercanos, hasta el sexto grado inclusive (Por ejemplo, primos)

1.5 Quinto orden sucesorio

Si no existen parientes próximos del primer, segundo, tercero y cuarto grado, hereda el Estado, a través del fisco.

Cuarta de mejoras

La cuarta de mejoras comprende el 25% de la herencia del causante que pueda dejar a uno o más de sus asignatarios forzosos para favorecerlos respecto a otros.

Cuarta de libre disposición

Este 25% restante es el único espacio que tiene el testador de designar libremente a quien él o ella elija. La ley no exige vínculos de parentesco o consanguineos. Se puede asignar a un familiar o un tercero, amigo, novio, o incluso a una organización o fundación a modo de beneficencia.

Es importante entender que el testamento no sólo permite distribuir la herencia conforme a las cuotas hereditarias que se explican más arriba, sino que designa bienes específicos en nombre de ciertos herederos. Esto es válido siempre y cuándo esa asignación específica respete los porcentajes que se pueden designar por ley a ciertos herederos.

Por ejemplo, si tengo 2 hijos y cuento con 2 propiedades, podría perfectamente usar el testamento para entregarle una de las casas a un hijo en particular y la otra al otro. Acá estoy respetando las cuotas obligatorias de la herencia, pero estoy haciendo una designación específica de los bienes de la herencia.

Conclusiones

El testamento es el acto unilateral que permite plasmar la voluntad de cómo se destinan los bienes para que sean heredados después del fallecimiento de una persona. Este es un acto de alta trascendencia familiar y personal, que produce efectos definitivos una vez que entra en vigor.

En Total Abogados comprendemos la importancia que conlleva este trámite y te invitamos a que puedas asesorarte por abogados expertos en la materia.

De esa forma, podrás comprender si realizar esta gestión es conveniente o no para los intereses personales y de tu familia y cómo realizarlo de manera correcta.

Logo TA blanco_-2

Solicita tu asesoría legal sobre herencia

    Compartir articulo:

    Suscríbete a nuestro Newsletter

     

    Encuentra lo que buscas aquí

      CTA