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¿En qué casos puede trabajar un extranjero en Chile?

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Índice

¿Cuándo puede trabajar un extranjero en Chile? La Ley chilena no hace distinciones entre trabajadores chilenos y extranjeros.

Nuestra Constitución garantiza la igualdad ante la ley y prohíbe cualquier tipo de discriminación en materia laboral, salvo las que se basen en la capacidad o idoneidad personal del trabajador, por lo tanto, un trabajador extranjero tiene los mismos derechos que un trabajador chileno.

Existen casos excepcionales en que se puede exigir la nacionalidad chilena para desempeñar ciertos trabajos. La ley sí establece un porcentaje máximo de trabajadores extranjeros que pueden ser contratados por un mismo empleador.

Un empleador que tenga más de 25 trabajadores sólo podrá contratar hasta un máximo del 15% de trabajadores extranjeros. En cambio, si el empleador tiene 25 o menos trabajadores, no existe un límite para el porcentaje de trabajadores extranjeros que pueda contratar”

Casos en que puede trabajar un extranjero en Chile

Solo se puede contratar un extranjero en caso de que:

  • Acredite su residencia o permanencia legal en el país
  • Esté autorizado y habilitado para trabajar
  • Cuente con un permiso de trabajo con visa en trámite

¿En qué consiste la permanencia definitiva?

Es el permiso que habilita para radicarse indefinidamente en el país.

Una vez obtenida se puede realizar cualquier actividad lícita en el país, sin requerir ningún tipo de autorización especial por parte de la autoridad migratoria y se acredita con:

  • Cédula de identidad para extranjero
  • Tarjeta de permanencia definitiva otorgada por el Departamento de Extranjería y Migración
  • Certificado de vigencia de la tarjeta, otorgado por Policía Internacional
  • Cabe destacar que la obtención de permanencia definitiva demora alrededor de 1 año.

Permisos que habilitan que pueda trabajar un extranjero en Chile

Los permisos que habilitan a un extranjero a trabajar en Chile son los siguientes:

  • Visa sujeta a contrato
  • Visa de residencia temporal
  • Visa de estudiantes
  • Permiso de trabajo con visa en trámite

Visa sujeta a trabajo

Es el permiso que otorga a extranjeros que viajan a Chile con el objeto de cumplir un contrato de trabajo:

  •  Solo se da dos veces al año
  • Dura mientras esté vigente el contrato de trabajo
  • Solo faculta para trabajar con ese empleador

Visa de residencia temporaria

Es la que habilita para residir y trabajar en Chile (en actividades lícitas) para cualquier empleador:
  • Tiene una duración de un año
  • Puede renovarse hasta por una vez
  • Después de ese período debe pedirse la Permanencia Definitiva o hacer abandono del país
  • En ambos casos la visa debe estar vigente y se acredita con: – Cédula de identidad de extranjero
  • Visa debe estar estampada en el pasaporte
  • Certificado de registro de visa otorgado por Policía Internacional

Visa de estudiantes

Es el permiso de residencia que habilita a un extranjero a estudiar en establecimientos de enseñanza reconocidos por el Estado. Habilita a trabajar solo en forma excepcional:

  • Práctica profesional
  • Pagar los estudios

¿Puedo obtener un permiso de trabajo con visa en trámite?

Sí se puede obtener, la autorización se puede requerir al momento de enviar la documentación o accediendo a la página de Departamento de Extranjería y Migración, pudiendo descargar el permiso de la misma página.

El plazo por el que se extiende es de seis meses prorrogable, pero en ese plazo ya se debería obtener la visa.

¿Qué debo hacer si tenía un contrato de trabajo, pero se le puso término?

  • Si poseía una visa sujeta a contrato, ésta caduca automáticamente. Tiene 180 días desde el fin del contrato para regularizar su situación solicitando una nueva visa de residencia Temporal.
  • Si poseía una visa temporaria, visa de estudiante o permanencia definitiva, no se afecta su situación.

¿Puedo trabajar en Chile si tengo visa de turista?

Por regla general, los extranjeros con visa de turista no pueden trabajar en Chile. Sin embargo, el Departamento de Extranjería y Migración en Santiago y las Gobernaciones Provinciales podrán autorizarlos a trabajar en casos calificados, por un plazo máximo de 30 días, prorrogables, mientras se mantenga vigente el permiso de turismo.

¿Qué debe hacer el extranjero después de que obtuvo la visa o permanencia?

Dentro de los 30 días de estampada la visa en el pasaporte debe registrar la visa en Policía Internacional y solicitar su cédula de identidad en el Registro Civil.

¿Qué pasa si el trabajador tenía visa, pero se le venció?

Deberá regularizar su situación en el Departamento de Extranjería y Migración, antes de poder comenzar a trabajar.

¿Qué pasa si el trabajador tiene visa sujeta a contrato y el contrato de trabajo termina antes de la vigencia de la Visa o mientras se tramita la permanencia definitiva?

En este caso el empleador debe notificar al Departamento de Extranjería y Migración del término del contrato de trabajo.

¿Cómo puedo pagar las cotizaciones previsionales de los trabajadores extranjeros que, teniendo autorización para trabajar, aún no cuentan con cédula de identidad?

Tratándose de AFP, actualmente se cotiza en AFP Plan Vital (que es la que se ganó la última licitación), por lo que el extranjero debe enviar un correo electrónico adjuntando una copia de su contrato de trabajo, una fotocopia de su pasaporte y una declaración simple en la que se indique la fecha de inicio de labores.

Esto le otorgará un Rol Provisorio para efectuar los pagos. Cuando ya cuente con su cédula de identidad, deberá enviar una copia de esta al referido correo, indicando como asunto “Actualización de Rut Extranjero” y realizar gestiones de traspaso de fondos.

En el caso de FONASA, con el Rol Provisorio otorgado por la AFP, el empleador puede pagar las respectivas cotizaciones. Sin embargo, el extranjero debe ir personalmente a afiliarse para recibir los beneficios. Cuando obtenga su cédula de identidad, deberá avisar a esta institución.

¿Cómo puedo pagar la remuneración del trabajador extranjero si éste no tiene cuenta bancaria por no tener cédula de identidad?

Mediante cheque abierto o dinero efectivo

¿Me pueden fiscalizar?

La fiscalización en materia de cumplimiento de normas de Extranjería le corresponde al Ministerio del Interior, a través del Departamento de Extranjería y Migración. La fiscalización de las disposiciones laborales, previsionales y de higiene y seguridad le corresponde a la Dirección del Trabajo.

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