¿Qué es el régimen de participación en los gananciales?

¿Qué es el régimen de participación en los gananciales?

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liquidación de bienes

Durante el matrimonio subsiste un régimen patrimonial entre los cónyuges. Este sistema es el que entrega la pauta sobre qué tratamiento tienen los bienes adquiridos durante la vida en común de dos personas y qué ocurre con la disolución de ese vínculo.

Como lo hemos abordado en otros artículos, en Chile existen 3 regímenes patrimoniales: separación total de bienes, sociedad conyugal y participación en los gananciales.

La mayoría de las personas entiende de qué se tratan los primeros dos, pero respecto a este último lamentablemente no existe suficiente información.

¿De qué se trata el régimen de participación en los gananciales? Si estás evaluando esta alternativa, en Total Abogados te invitamos a revisar las 5 preguntas más frecuentes sobre esta materia.

¿Qué es la participación en los gananciales?

La participación en los gananciales está regulado en el artículo 1792 del Código Civil.  Es un régimen donde el patrimonio de ambos cónyuges se mantiene completamente separado durante su vigencia, pero existe una compensación a su término.

Esta compensación consiste en un sistema de retribución desde el cónyuge que obtuvo una situación económica más ventajosa, sobre el que no la tuvo. La idea central está orientada a generar una mayor equidad económica cuando el matrimonio finaliza.

Originalmente estaba pensado en la inequidad laboral que existe entre hombres y mujeres, donde el marido tiende a desarrollarse mejor profesional y laboralmente, mientras que la mujer posterga esta posibilidad por estar al cuidado de los hijos y el hogar común.

De todas formas, este régimen no distingue sexos y si efectivamente es la mujer la que cuenta con un mayor patrimonio, debe compensar a su marido al término de éste.

¿Cómo se termina el régimen de participación en los gananciales?

Al igual que cualquier régimen patrimonial, la participación en los gananciales termina por las siguientes razones

  1. Sentencia de divorcio o nulidad
  2. Separación judicial
  3. Muerte de uno o ambos cónyuges
  4. Modificación del régimen patrimonial

Las tres primeras causales ponen término al matrimonio y con ello se le da un fin al régimen patrimonial. En el último punto, el matrimonio puede subsistir, solo que modificándose el régimen de participación en los gananciales por otro (separación total de bienes o sociedad conyugal).

Finalmente, es importante tener en cuenta que una vez que se termina la participación en los gananciales, lo que se vaya acumulando a futuro por cada cónyuge sale del esquema de compensación hacia el otro. Sin embargo, es posible que no se haya efectuado la partición de los bienes, independiente del término del régimen.

¿Cómo se distribuyen los bienes dentro de la participación en los gananciales?

Como ya lo adelantamos, durante la vigencia del matrimonio este régimen entrega a los cónyuges independencia absoluta de sus patrimonios y de los bienes que hayan adquirido.

En ese sentido, cada uno puede vender, enajenar, gravar y disponer con absoluta libertad de las propiedades u otros activos que haya adquirido. No hay que preguntarle al otro ni solicitar autorización alguna.

Al momento de terminar el régimen, los cónyuges deben calcular el ganancial. Es decir, todos los bienes que ingresaron a título oneroso durante el matrimonio. Se excluyen herencias y donaciones.

Con ese cálculo, el cónyuge que tiene menos tiene derecho a participar de un 50% del que ganó más. Equiparando el patrimonio de ambos.

Por ejemplo, Hector y Antonia estuvieron 10 años casados. Al momento de divorciarse hicieron el cálculo de sus gananciales.

  • Hector tiene gananciales por $600.000
  • Antonia tiene gananciales por $1.000.000

La diferencia de gananciales es de $400.000. En ese sentido, Hector puede participar de $200.000 del exceso que tiene Antonia por haber llevado una situación económica más ventajosa.

¿Cuáles son las ventajas del régimen de participación en los gananciales?

La conveniencia de un régimen u otro siempre va a depender de distintos factores. Cada realidad es distinta y las ventajas se pueden representar de manera diferente en uno u otro caso.

De todas formas, dentro de los aspectos positivos se representan los siguientes:

  • Independencia en la administración de cada cónyuge durante el matrimonio
  • Sistema que compensa al cónyuge que se encuentra en una situación económica más desfavorable al término del matrimonio
  • No existen diferencias respecto al género del cónyuge como en la sociedad conyugal.

¿Cuáles son las desventajas del régimen de participación en los gananciales?

Respecto a las desventajas que puede representar este régimen para algunas personas, podemos destacar las siguientes:

  • Al existir independencia en la administración de los bienes, pueden generarse acciones en perjuicio del otro cónyuge.
  • Para muchas personas el proceso de disolución y participación de los excedentes del otro cónyuge puede ser engorroso. Sobre todo si no hay acuerdo entre las partes.

¿Qué recomendamos siempre en Total Abogados?

En Total Abogados recomendamos revisar tu situación particular antes de elegir un régimen patrimonial. Si te encuentras casado con participación en los gananciales, y estás enfrentando un proceso de divorcio, nulidad o quieres modificar el régimen, es fundamental contar con asesoría de abogados expertos en materia de familia.

De esta forma podrás comprender a cabalidad qué bienes deben considerarse dentro del inventario y contabilizarse para sacar el cálculo. En Total Abogados, contamos con un equipo especializado y podemos analizar en detalle tu situación patrimonial durante el matrimonio, para que puedas llevar adelante este trámite de manera correcta y con éxito.

Conclusiones

La participación en los gananciales es un régimen patrimonial que permite a los cónyuges actuar con independencia patrimonial, pero generar un sistema de compensación cuando el matrimonio o el régimen llega a su fin.

Al momento de disolverse el matrimonio o efectuar el cambio del régimen patrimonial, se debe hacer una liquidación de los gananciales. En ese sentido, se contabiliza y valoriza el patrimonio de cada cónyuge y el que obtiene una situación económica más desventajosa, tiene derecho a participar del que tiene más.

Es importante considerar que la participación en el exceso, no suple la figura legal de la compensación económica y otros derechos y deberes entre los cónyuges.

En Total Abogados hemos enumerado algunas de las ventajas y desventajas que nuestros mismos clientes han considerado de este régimen y creemos que es fundamental contar con asesoría legal experta para revisar esta alternativa o darle un término a tu régimen patrimonial. Te invitamos a que puedas mantenerte siempre informado de tus derechos, deberes y obligaciones respecto al matrimonio.

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