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Firmar un finiquito es un acto en el cual un trabajador y un empleador ratifican o aprueban ante un Ministro de Fe el término de la relación laboral y su conformidad con lo estipulado en un documento escrito denominado finiquito.
En el documento debe quedar claramente especificada la causal de despido y todos los acuerdos a los que se comprometen las partes, relacionados con plazos, indemnizaciones y el monto que se debe pagar por parte del empleador al trabajador.
Todo finiquito debe ser ratificado ante un Ministro de Fe y las vías son:
- En línea, a través del sitio de la Dirección del Trabajo
- En una oficia de la Inspecciones del Trabajo, ante un Inspector del Trabajo que actuará como ministro de fe.
- En una notaría, ante el notario que es ministro de fe.
Es importante tener en cuenta que, para que el finiquito sea válido, debe contar con la firma del empleador y del trabajador o, en su defecto, de algún representantes, a través de un poder simple. En caso de despido, el trabajador tiene el derecho a no firmar el finiquito si no está de acuerdo con la o las causales señaladas en el finiquito.
Es sumamente relevante que empleador se encuentre al día con el pago de las cotizaciones previsionales, de salud y del seguro de desempleo (en caso de que corresponda) hasta el último día del mes anterior al despido.
Sin embargo, no existe esta obligación cuando el contrato de trabajo termina por mutuo acuerdo de las partes, renuncia voluntaria del trabajador o de la trabajadora, por fallecimiento de éste o cuando la relación laboral ha durado menos de 30 días.
El notario, para acreditar este hecho y estamparlo en el finiquito, requerirá normalmente que se exhiba el certificado de pago de las cotizaciones del trabajador hasta el mes anterior al de la desvinculación.
¿Cuál es el plazo para firmar un finiquito?
El finiquito deberá ser otorgado por el empleador y puesto su pago a disposición del trabajador dentro de diez días hábiles, contados desde la fecha en que ocurrió el término de la relación laboral.
En caso de que ambas partes lleguen a un acuerdo, el monto establecido en el finiquito puede ser pagado en cuotas (considerando intereses y reajustes). En este caso el finiquito sólo puede ser ratificado ante la Inspección del Trabajo.
Cuando el empleador no cumple con el plazo establecido, el trabajador puede acudir a la Inspección del Trabajo a interponer un reclamo.
Por su parte, cuando el trabajador es quien no concurre a la firma del finiquito, el empleador deberá dejar el finiquito a disposición del trabajador para firma en una notaria de la ciudad en que se se llevo a cabo la relación laboral, y deberá notificarlo por carta certificada al trabajador. Esto se hace con el objeto de evitar las sanciones relacionadas con el incumplimiento de la extensión de finiquito.
¿Cuándo no es necesario suscribir un finiquito?
En aquellos casos en que se trate de contratos suscritos a menos de 30 días, salvo que:
- Ese plazo se amplíe mas allá de 30 días
- Vencido el plazo del contrato, el trabajador continúe prestando servicios con conocimiento del empleador
¿Qué pasa cuando el finiquito no se ratifica?
En este caso, el término de la relación laboral se concreta de todas formas. Debiendo el empleador dejar constancia en la Inspección del Trabajo y poner a disposición del trabajador el pago del finiquito dentro de diez días hábiles. Es importante tener en cuenta que el trabajador solo podrá disponer del dinero si firma el finiquito.
¿Qué pasa en caso de pérdida del finiquito?
El ex empleador o empleador está obligado a mantener una copia firmada por ambas partes en el lugar de trabajo. El trabajador podrá solicitar una copia al ex empleador (que no está obligado a entregársela) o en la Inspección del Trabajo o notaría en que se ratificó.
¿Cuáles son las alternativas al finiquito?
En caso de que no exista finiquito ratificado ante un Ministro de Fe, la acreditación del término de la relación laboral podrá hacerse:
- Comunicación del despido dada al trabajador por escrito y firmada por el empleador
- Certificación del inspector del trabajo respectivo que certifique el término del contrato
- Acta de conciliación o avenimiento
- Acta de comparecencia ante la Inspección del Trabajo
- Sentencia judicial ejecutoriada
- Carta de renuncia ratificada ante algún ministro de fe
¿Que otras consideraciones deben tenerse a la hora de otorgar finiquito?
Retención de Alimentos
Hoy cobra relevancia la obligación del empleador de retener del pago del finiquito, lo que adeude el trabajador por concepto de pensión alimentos, siempre que esto haya sido decretado por un tribunal de familia y notificado al empleador.
Es por esta razón que en el finiquito debe incluirse una mención que haga referencia a la obligación de retener alimentos por deudas del trabajador, o en su defecto la declaración de que no ha sido notificado de ninguna retención. En caso de no hacerlo, o de declaración de falsedad, el empleador será solidariamente responsable por el pago de los alimentos correspondientes.
Otras retenciones y descuentos
Es posible que con ocasión del término de la relación labora hayan quedado ciertas obligaciones pendientes por parte del trabajador como, por ejemplo, la devolución de un anticipo de remuneraciones o el pago de un préstamo hecho por el empleador al trabajador durante la relación laboral.
Es posible descontar estos montos de las indemnizaciones legales u otros conceptos, pero deben ser aceptadas por el trabajador y deben cumplir con ciertos limites fijados por la normativa laboral.
También existe la posibilidad de descontar el aporte realizado por el empleador al fondo de cesantía solo para el caso de un termino o despido por necesidades de la empresa o desahucio. Se debe tener en cuanta que este descuento solo aplica sobre la indemnización por años de servicios, es decir solo se podrá descontar en caso de que sea aplicable esta indemnización.
Obligaciones que persisten a la relación laboral
Es común que en el finiquito se establezcan obligaciones para el trabajador, que son de naturaleza civil o mercantil, y que persistirán a la relación laboral. La mas usual guarda relación con la confidencialidad que debe guardar el trabajador sobre la información sensible de la empresa a que haya tenido acceso con ocasión de la relación laboral. Estas disposiciones son totalmente legales y responden a la autonomía de la voluntad.
Conclusiones
Firmar un finiquito en Chile es un paso crucial al finalizar una relación laboral, y es vital hacerlo de manera informada y consciente. Revisar minuciosamente el documento, entender los beneficios e indemnizaciones, asegurarse de que no existan adeudos pendientes y tener conocimiento de las cláusulas especiales son aspectos fundamentales para proteger tus derechos como trabajador.
Si tienes dudas o inquietudes, no dudes en buscar asesoramiento legal, ya que contar con el apoyo de un profesional en derecho laboral te brindará mayor tranquilidad durante este proceso.
Recuerda que el finiquito es un acuerdo que busca resguardar los derechos tanto del empleador como del trabajador, por lo que es esencial que ambas partes estén de acuerdo con los términos y condiciones establecidos en el documento.
Esperamos que esta guía te haya sido de utilidad y te permita enfrentar el proceso de firma de finiquito de manera informada y segura. ¡Mucho éxito en tus futuros proyectos laborales!