CTA

10 Preguntas frecuentes sobre cómo hacer una posesión efectiva

Índice

Guía sobre la herencia en Chile: defiende y protege a quienes más quieres

liquidación de bienes

La posesión efectiva en Chile es un proceso legal que se realiza tras el fallecimiento de una persona para poder administrar y determinar fielmente quienes son sus herederos y cuales son los bienes que conforman esa herencia. En este artículo, te proporcionaremos 10 preguntas frecuentes sobre cómo realizar una posesión efectiva en Chile, paso a paso. Desde los requisitos y documentos necesarios hasta el procedimiento a seguir, ¡aquí encontrarás toda la información que necesitas!

¿Qué es la posesión efectiva?

La posesión efectiva es un trámite necesario para la regularización de los bienes de una persona fallecida. A través de este proceso, se busca que los herederos puedan obtener la legalidad sobre los bienes heredados y, de esta forma, puedan disponer de ellos de acuerdo con lo establecido por la ley.

Es importante destacar que la posesión efectiva se realiza ante un tribunal de justicia, si es que existió testamento. En caso de no existir, se tramita ante el Registro Civil. 

Es necesaria para iniciar el proceso de sucesión y poder realizar actos de administración y disposición de los bienes heredados, como transferir propiedades o liquidar cuentas bancarias.

¿Qué diferencia hay entre una posesión efectiva testada de una intestada?

  • Posesión efectiva testada: La persona fallecida o causante deja un testamento.
  • Posesión efectiva intestada: En este caso la persona fallecida no dejó un testamento.

¿Quién puede hacer la solicitud?

La solicitud de posesión efectiva puede ser realizada por cualquier persona en calidad de heredero  de persona fallecida o por un tercero con un mandato ante notario y autorizado por uno de los herederos.

¿Se puede obtener el certificado de posesión efectiva en forma online?

Para obtener el certificado debes hacer lo siguiente:

  • Ingresa al sitio web del Servicio de Registro Civil e Identificación y luego a Servicios en línea
  • Presionas la opción Posesión efectiva on-line
  • Ingresa tu RUT y clave única
  • Presiona la opción “nueva solicitud”
  • Completa el formulario de solicitud con información de la persona fallecida, del solicitante, nombres del o los herederos y el inventario de los bienes.
  • Adjunta los documentos que solicitan
  • Finalmente, haces el pago en forma online.

¿Por qué podría ser denegada la posesión efectiva?

Esta podría ser rechazada por las siguientes razones:

  • Si el causante ya inscribió previamente un testamento en el Registro Nacional de Testamentos el trámite podría será denegado.
  • Si se requiere hacer alguna rectificación en temas administrativo o judicial.
  • Si el solicitante no adjunta los documentos que acrediten en el Inventario Valorado de Bienes.

¿Dónde inscribo la posesión efectiva en el Conservador de Bienes Raíces?

Para el caso que el fallecido hubiese tenido su último domicilio en Santiago, debe:

  • Ingresar al sitio web del Conservador de Bienes Raíces
  • Ingresar tu usuario (correo electrónico) y clave. Si no estás registrado, puedes crear una cuenta.
  • Responder las preguntas y adjuntar los documentos que solicitan.
  • Revisar el valor del trámite haciendo clic en “agregar al carro de compras”.
  • Ingresar al carro de compra y hacer clic en “siguiente”.
  • Revisar la información e “ir a pagar”. Posteriormente te llevará al portal de la Tesorería General de la República. Confirma que te haya llegado un correo de tu solicitud.

El documento será enviado a su correo en un plazo aproximado de 15 días hábiles.

Una vez aceptado, se hace la inscripción en el Registro Nacional de Posesiones Efectivas.

¿Qué documentos se necesitan para la inscripción de la posesión?

  • Si fue decretada por un Tribunal Civil se requiere el informe el expediente completo con la orden.
  • Si la posesión efectiva fue emitida por el Servicio de Registro Civil e Identificación se debe acompañar la resolución administrativa, cuyo periodo no puede tener más de 60 días desde su emisión.
  • Certificado de impuestos a la herencia, emitido por el Servicio de Impuestos Internos.
  • Certificado de avalúo fiscal por cada inmueble que figura en el inventario de bienes.
  • Certificado emitido por la Tesorería General de la República, que certifique que no deuda de impuesto territorial pendiente, es decir, el pago de las contribuciones.
  • Certificado de matrimonio de la persona fallecida u acuerdo de unión civil.

Posteriormente el Registro Civil e Identificación podrá otorgar los certificados a quienes lo soliciten

Luego de obtener el certificado, ¿qué debo hacer?

Declarar y pagar los impuestos a la herencia en el Servicio de Impuestos Internos.

¿Se heredan las deudas del fallecido?

Las deudas pueden pasar a los herederos legales, ya que la herencia es el conjunto de derecho y obligaciones que quedan al momento del fallecimiento de una persona y que son transmitidas a sus herederos.

Respecto de las deudas relacionadas con instituciones financieras, se pueden cubrir mediante los seguros de desgravamen, si es que existen. En caso de poseerlos, se deben hacer efectivos ante la institución financiera con el certificado de defunción de la persona en cuestión.

En caso de que sean deudas heredables, se pueden hacer dos cosas. Renunciar a la herencia (es decir, a los beneficios también) o aceptarla con “beneficio de inventario”. Esto significa que, en caso de que las deudas sean más grandes que los bienes heredados, la responsabilidad del pago solo se limita al valor de esos bienes.

En este caso es el heredero quien debe decidir si acepta la herencia, haciendo un balance entre los bienes y las deudas que recibiría. Si no le parece conveniente, puede rechazarla.

¿Qué valor tienen el arancel?

Son 3 tramos, según el valor total de la masa hereditaria de los bienes que dejó la persona fallecida:

  • Tramo 1: Si su valor total está entre 0 y 15 UTA (Unidad Tributaria Anual) el trámite tiene costo $0.
  • Si pertenece al tramo 2: Su valor está entre 15,01 UTA* y 45 UTA*, el costo es de 1,6 UTM (Unidades Tributarias Mensuales).
  • Por último si estás en el tramo 3: Valor superior a los 45 UTA*, el costo es de 2,5 UTM

Realizar una posesión efectiva en Chile es un proceso legal necesario para poder administrar y distribuir correctamente los bienes de una persona fallecida. A través de este trámite, los herederos obtienen la legalidad sobre los bienes heredados y pueden disponer de ellos de acuerdo con lo establecido por la ley.

En este artículo, hemos proporcionado una guía completa y didáctica sobre cómo realizar una posesión efectiva en Chile. Desde los requisitos y documentos necesarios hasta el procedimiento paso a paso, esperamos haberte brindado toda la información que necesitas para llevar a cabo este trámite de manera exitosa.

Recuerda que es importante contar con el asesoramiento de un abogado especializado en temas sucesorios para asegurarte de cumplir con todos los requisitos legales y realizar el proceso de posesión efectiva de forma correcta. 

 

Logo TA blanco_-2

Solicita tu asesoría legal sobre herencia

    Compartir articulo:

    Suscríbete a nuestro Newsletter

     

    Encuentra lo que buscas aquí