Visitas en cuarentena
Todos estamos pendientes de los permisos en cuarentena. La pandemia del Covid-19 ha afectado considerablemente nuestro estilo de vida. En materia de relaciones de familia, ha generado diversos conflictos en torno al desarrollo de la relación directa y regular del padre o madre que no detenta el cuidado personal de su hija o hijo.
Si tienes problemas en este ámbito, aquí te informados y damos algunos consejos que debes tener en cuenta.
En este último tiempo se ha debatido bastante sobre los efectos del Coronavirus en las relaciones jurídicas. Nuestro estilo de vida se ha visto afectado en gran magnitud, y ha sido difícil adaptarse. Esto ha ocasionado muchos conflictos en distintas áreas de nuestra esfera social.
Uno de estos conflictos dice relación con el desarrollo del régimen de relación directa y regular (desde ahora RDR) de los progenitores que no ejercen el cuidado personal de su hija o hijo.
¿Qué pasa con los permisos en cuarentena?
Esta es la principal interrogante.
En este sentido, creemos que es imprescindible lograr un equilibrio entre las exigencias sanitarias y el contacto familiar periódico y estable. No hay que olvidar que lo más importante será siempre el interés superior del niño, por lo que no podemos privar a éste de mantener contacto con un ser querido, pero tampoco exponerlo al riesgo de una enfermedad.
En razón de lo anterior, en este artículo quiero explicar brevemente algunos aspectos importantes referente a esta materia, para que se tenga información sobre la mejor manera de proceder, y con el fin último de contribuir al bienestar de los niños, niñas y adolescentes de nuestro país.
Covid-19 y el interés superior del niño
A raíz de la pandemia hemos tenido que adoptar una serie de medidas extraordinarias para evitar el contagio y reducir la morbilidad de la enfermedad.
Las medidas que nos interesan en esta oportunidad son, por un lado, el distanciamiento social voluntario, y por el otro las cuarentenas por acto de autoridad. Ambas implican una disminución de la movilidad de las personas, y por ello impactan considerablemente en el desarrollo de los regímenes de RDR.
¿Puedo solicitar la modificación o suspensión de la RDR por distanciamiento social?
En primer lugar, en el caso de que se haya fijado un régimen de RDR por medio del tribunal de familia, es perfectamente posible solicitar su modificación o suspensión argumentando la situación excepcional de la pandemia.
Lo anterior será procedente en caso de que realmente exista un riesgo para la salud del niño, niña o adolescente, para lo cual habrá que analizar caso a caso. Es importante que se sepa que toda decisión del tribunal debe atender, como una consideración primordial, el interés superior del niño (artículo 3 de la Convención de los Derechos del Niño).
En concordancia con lo anterior, el Acta 53-2020 de la Corte Suprema incluyó entre uno de los principios básicos que debían regir a los tribunales en su funcionamiento durante esta alerta sanitaria, el resguardo de las personas en situación de vulnerabilidad, entre los cuales se encuentran los niños, niñas y adolescentes.
¿Cuál es el efecto de los actos de autoridad (cuarentenas) sobre dicho régimen?
En cuanto a las cuarentenas, si bien el gobierno ha otorgado permisos individuales especiales para poder cumplir con la realización de éstas, es importante que se tenga en cuenta que ningún acto de autoridad puede dejar sin efecto una resolución judicial. Si se encuentra fijado un régimen de RDR, debería cumplirse, haciendo las prevenciones necesarias.
Sin embargo, respecto a esto último se pueden generar diversos problemas prácticos para la continuidad de las visitas en cuarentena, debido a que los permiso que otorga la Comisaría Virtual son restringido y pueden entorpecer el desarrollo de los regímenes de RDR.
Dicho lo anterior, creemos que es imprescindible replantear el régimen en consideración a la crisis sanitaria. El hecho de que los padres se sienten a discutir de buena fe la forma de llevar esta situación es muy positivo. Además, no hay que perder el foco en la necesidad de disminuir los riesgos de contagio y proteger la salud de la familia y del niña, niño o adolescente.
¿Qué opciones existen para seguir manteniendo las visitas en cuarentena?
Sin perjuicio de la necesidad de disminuir la movilidad en aras de la salud del niño, niña o adolescente, también es cierto que no es factible simplemente impedir que éste mantenga el contacto y vínculo afectivo con su progenitor no custodio.
Aquí surge la necesidad de idear otras formas para poder llevar a efecto las visitas fijadas, como por ejemplo cambio de horarios o el desarrollo de las visitas por medios digitales.
Al respecto, el 1 de junio se ingresó un proyecto de ley que permita modificar, durante la vigencia del estado de catástrofe por Covid-19, los regímenes de RDR entre padres, madres e hijos, que se hubieran establecido judicialmente, para que puedan cumplirse a través de medios telemáticos o plataformas digitales.
Esta quizás sea una buena idea, pero lo cierto es que no se requiere una ley nueva para que puedas modificar un régimen de RDR en este sentido. Cómo ya dijimos, es perfectamente posible solicitarlo.
¿Qué puedo hacer si el padre o madre cuidadora me impide ver a mi hijo/a en razón de la pandemia?
En este caso habrá que enviar un escrito al tribunal de familia, para solicitar que se obligue al otro progenitor a permitir la continuidad de las visitas en cuarentena, siempre que éstas hayan sido fijadas por el tribunal. También se puede recurrir a Carabineros, aunque éstos únicamente podrán actuar cuando una resolución judicial lo autorice.
Además, el artículo 48 de la “Ley de Menores” da la posibilidad al padre o madre no custodio de demandar la recuperación del tiempo de visitas no utilizado, cuando el entorpecimiento haya sido imputable al progenitor que mantiene el cuidado personal. Si bien esta no es una solución en el corto plazo, es importante tenerla en consideración.
En el caso de que no se encuentre fijado el régimen de RDR por medio de un tribunal, lo mejor será llegar a un acuerdo con el cuidador o cuidadora, o bien demandar la RDR ante el tribunal de familia que corresponda.
Conclusiones
En el contexto actual lo más importante es mantener relaciones basadas en la buena fe. Siempre es recomendable que los padres lleguen a acuerdos flexibles que permitan, por sobre todo, garantizar la estabilidad psíquica e integridad física de su hija o hijo.
Si no es posible llegar a un acuerdo, la vía idónea serán los tribunales de familia. Aquí el juez tomará una decisión basada en el interés superior del niño, modificando o incluso suspendiendo la RDR fijada, dependiendo de las circunstancias puntuales de cada caso.
Si bien el acto de autoridad que decreta una cuarentena no deja sin efecto una resolución judicial, hay que asumir las dificultades prácticas que podrían generarse para la continuidad de las visitas.
El empleo de medios digitales en el desarrollo de las visitas se erige como una muy buena opción para el mantenimiento del contacto familiar. Eso sí, se trata de medidas extraordinarias que en ningún caso deberían extenderse más de lo necesario.