El ingreso mínimo garantizado es una ayuda económica que el Estado otorga a los trabajadores dependientes con jornada ordinaria, esto es, superior a 30 horas, y que se materializa a través de un subsidio que les permite aumentar sus ingresos de manera de garantizar un sueldo líquido de $320.500.- pesos (de acuerdo con el monto del ingreso mínimo mensual a partir del 1° de marzo de 2020)
Corresponde a un complemento al salario que es de cargo fiscal, no es imponible.
¿Cuáles son los valores del ingreso mínimo vigentes hoy?
Los valores del ingreso mínimo para trabajadores:
– Mayores de 18 años y de hasta 65 años: $320.500
– Menores de 18 años y mayores de 65 años: $239.085.
– Para fines no remuneracionales: $206.590.
¿Cuáles son los requisitos para acceder al beneficio?
Para poder optar por este beneficio, la persona debe:
– Ser trabajador dependiente
– Contar con contrato acogido a las normas del Código del Trabajo
– Tener un sueldo menor al mínimo vigente
– El contrato debe tener una jornada ordinaria, esto es, ser superior a 30 horas e inferior de 45 horas a la semana
– Tener una calificación socioeconómica dentro del tramo del 90% conforme al Registro Social de Hogares
¿Qué se requiere para hacer el trámite?
No es necesario ningún documento para postular. Sin perjuicio de eso, se podrá solicitar el contrato de trabajo u otro documento adicional durante el proceso de postulación.
¿Cómo se calcula el subsidio?
El cálculo del subsidio se realiza tomando como base la remuneración bruta mensual del contrato a jornada ordinaria y las horas de trabajo semanales pactadas en dicho contrato. La remuneración bruta mensual es obtenida a través de bases administrativas del Estado y las horas de trabajo semanales son obtenidas a través de tu formulario de postulación, información que es verificada con las bases administrativas disponibles.
En caso de que haya prestado servicios por un período inferior a un mes, se pagará el subsidio en proporción a los días completos efectivamente trabajados.
Por último, si la jornada de trabajo es inferior a 45 y superior a 30 horas de trabajo semanales, el monto mensual del subsidio se calculará de forma proporcional a las horas trabajadas de acuerdo con el contrato.
¿Cuál es la vigencia o duración del subsidio?
El subsidio va a permanecer o durar mientas subsistan los requisitos para obtenerlo (detallados anteriormente).
¿Cómo se calcula el subsidio en caso de licencia médica, feriado anula, permiso pre o post natal u otra situación?
En estos casos de todas formas se recibe el subsidio y el cálculo se realiza en base a la remuneración bruta mensual del mes anterior al período excepcional
¿Dónde postular al ingreso mínimo garantizado?
Para postular el trabajador puede ingresar directamente a las páginas señaladas más abajo y marcar la opción “Postular al IMG”.
Es importante tener en consideración que la postulación es responsabilidad exclusiva del trabajador y no dependerá de su empleador el pago del subsidio.