La compensación económica es un mecanismo legal que busca reducir la inequidad económica de los cónyuges en el divorcio. Cada familia cuenta con dinámicas familiares propias y distribuyen los roles del cuidado del hogar y de los hijos de manera diferente.
Hay casos en que el padre asume un rol más activo con un trabajo remunerado y la mujer se enfoca al cuidado de los hijos y del hogar común o es a la inversa. La tendencia actual se ha ido lentamente inclinando hacia una igualdad de roles.
Esta situación genera una serie de consecuencias cuando la vida en común termina. De ahí nace la lógica de la compensación económica. Seguramente si estás atravesando por un proceso de separación o evaluando un divorcio, habrás escuchado este concepto.
En Total Abogados contamos con representación judicial para quienes quieren demandar o son demandados por una compensación económica. Por eso, nos interesa que puedas contar con la mayor información posible de esta acción judicial.
La compensación económica está regulada en el artículo 61 de la Ley 19.947, sobre la Nueva Ley de Matrimonio Civil. Consiste en la indemnización que puede exigir uno de los cónyuges dentro del proceso de divorcio o de la nulidad del matrimonio al otro cónyuge.
Esta indemnización se funda en que durante un tiempo determinado la persona trabajó en menor medida de lo que podía o quería por dedicarse al cuidado del hogar y/o de los hijos, produciéndose un menoscabo económico. La ley busca equiparar la balanza en términos económicos cuando la vida en común termina definitivamente.
La compensación económica puede pedirla el cónyuge que no trabajó remuneradamente o lo hizo en la menor medida de lo que podía y quería por dedicarse a las labores del hogar y del cuidado de los hijos.
Por ejemplo, si dos personas estuvieron casadas por 15 años y durante 10 años la mujer se dedicó de manera exclusiva a la crianza de los hijos y el cuidado del hogar común, al momento del divorcio, ella podría demandar una compensación económica. El fundamento del menoscabo financiero debería estar asociado al hecho de no haber podido ejercer su profesión por un periodo extenso de tiempo.
La compensación económica exige que exista un vínculo matrimonial entre las partes y que se esté atravesando por un proceso de divorcio o nulidad. Esto significa que necesariamente se excluyen a los convivientes, independiente que puedan experimentar situaciones de este tipo en el evento de que exista una separación.
La compensación económica se debe solicitar dentro del proceso de divorcio o nulidad del matrimonio. Frente a este escenario, nos podemos ver enfrentados a dos alternativas:
En muchos casos, la compensación económica es un proceso que puede acordarse entre las partes al momento de presentar una demanda de divorcio.
Este caso es frecuente en el divorcio de común acuerdo, donde las partes complementan la demanda de divorcio con una compensación económica de uno de los cónyuges en favor del otro. Si se cumple con los requisitos y formalidades legales, el tribunal debería acoger este acuerdo entre las partes.
Frente a un proceso de divorcio en Chile o nulidad matrimonial, uno de los cónyuges puede demandar una compensación económica al otro. La oportunidad para interponerla puede ser:
Dentro de la demanda de divorcio o nulidad, el demandante señala su pretensión que se fije un monto determinado de compensación económica. Esta solicitud debe estar fundada.
Al momento de responder la demanda de divorcio o nulidad.
Si nada se ha dicho durante el proceso de divorcio, el juez informa en la audiencia preparatoria si existe pretensión de una o ambas partes de fijar una compensación económica en favor del otro.
Generalmente la compensación económica se demanda en el divorcio unilateral o culposo. De todas formas, en un divorcio culposo el juez puede negar la demanda de compensación económica o reducirla, si quien incumplió los deberes y obligaciones del matrimonio es quien exige la compensación.
Si la compensación económica no es acordada de común acuerdo, es rol del juez determinar si procede y cuál es el monto que uno de los cónyuges deberá pagar en favor del otro. En caso que proceda la compensación económica, el tribunal puede fijar un monto basado en distintos criterios:
Esto significa que no existe una regla estándar o un monto fijo para regular un monto de indemnización. La ley solo contempla algunas pautas para determinarlo.
La compensación económica se puede pagar de las siguientes maneras:
Si el cónyuge no paga la compensación económica, se pueden aplicar las reglas de cumplimiento forzado que existen para los alimentos. Esto en la medida que no exista otra garantía para su cumplimiento y que se haya considerado en la sentencia.
La compensación económica es un mecanismo que permite disminuir las inequidades financieras que se producen entre los cónyuges cuando se termina el matrimonio. Independiente de si es acordado por las partes o solicitado por uno de ellos, necesitas contar con la asesoría y representación de un abogado o abogada especialista en divorcio.
En Total Abogados creemos que es clave informarte respecto a los efectos de la compensación económica. Es fundamental contar con una correcta asesoría legal para solicitarlo o defenderse, según sea el caso. Cada dinámica familiar es única y particular, y necesitas contar con un abogado o abogada experto en divorcio que se enfoque en tu situación personal.