La pensión de alimentos es un tema importante para muchos chilenos que se encuentran en procesos de divorcio o separación. En este artículo, respondemos las 10 preguntas más frecuentes que los chilenos realizan en Google sobre la pensión de alimentos.
La pensión de alimentos es la obligación que tienen los padres de dar alimentos, definida en forma judicial, y que tiene por objeto cubrir los gastos de alimentación, vestimenta, educación, entretención, atención médica, entre otros, de los hijos. Esta obligación recae principalmente sobre los padres, pero también puede ser responsabilidad de otros parientes cercanos o tutores.
Ambos padres en proporción a sus capacidades económicas.
En el artículo 321(2) del Código Civil se estipula la obligación por ley de alimentar a el o a cónyuge, los descendientes (hijos, nietos), los ascendientes (padres, abuelos) o a quien haya hecho una donación cuantiosa a la persona en cuestión.
Al ser un derecho individual, no es un beneficio transferible. En caso de que los hijos del demandado sean menores de edad, un tutor adulto puede hacer la demanda por ellos.
La pensión de alimentos se calcula en base a la capacidad económica del alimentante (la persona que debe pagar la pensión) y las necesidades del alimentador (el hijo que recibe la pensión). Para ello, se toma en cuenta la situación financiera de ambas partes y se establece un monto justo y proporcional.
Es vital que reúnas los siguientes documentos para interponer la demanda:
En primer lugar, es necesario un proceso de mediación obligatorio. Es decir, una mediación familiar, que pretende llegar a un acuerdo extrajudicial. Un mediador, que puede pertenecer a un centro de mediación privado o público, intenta ayudar a las partes a llegar a un compromiso.
En caso de que no se llegue a un acuerdo, el mediador emite un “acta de mediación frustrada” que es lo que permite interponer una demanda por juicio de alimentos.
A partir de ese momento se necesitará el patrocinio de un abogado para interponer la demanda. Lo mejor es que sea un abogado especializado en Derecho de Familia.
Luego se interpone la demanda en el Tribunal de Familia correspondiente al domicilio del solicitante o del demandado. Una vez acogida, se envía una notificación de demanda.
A partir de la notificación se fija una audiencia donde, al haber fundamentos de demanda, se establece el pago de alimentos provisorios. Este es el monto que deberá pagar el alimentante mientras dure el proceso judicial y se llegue al monto definitivo de la pensión.
El Juzgado de familia se encarga de incluir al demandado o demandada entre los deudores de pensiones de alimentos. Existe un Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos que es un registro electrónico que tiene por objetivo coordinar diversas medidas legales, a fin de promover y garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos.
La pensión de alimentos se puede modificar en cualquier momento si se produce un cambio en la situación financiera de alguna de las partes. Para ello, se debe presentar una solicitud ante el juez y demostrar que existe un cambio significativo en las circunstancias.
Cuando los alimentos decretados no fueran pagados o no fueren suficientes para solventar las necesidades del hijo o hija, se podrá demandar a los abuelos, salvo que la única fuente de ingreso de ellos corresponda a una pensión de vejez, invalidez o sobrevivencia.
En resumen, la pensión de alimentos es una obligación legal que recae principalmente sobre los padres y tutores para garantizar el bienestar de los hijos menores de edad.
Es importante conocer las leyes y procedimientos que rigen esta obligación en Chile para poder cumplirla adecuadamente y evitar sanciones legales.
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