A diferencia del divorcio de común acuerdo, el divorcio unilateral ocurre cuando solo una de las partes quiere divorciarse. Es por esto que tiene requisitos y tiempos de espera diferentes.
En este caso, una de las partes quiere divorciarse y la otra no. Es decir, no existe acuerdo entre ambos cónyuges acerca del término del matrimonio por la vía del divorcio.
Aun así es posible divorciarse, pero a través del procedimiento del divorcio unilateral, cuya tramitación es más complicada que la del divorcio de mutuo acuerdo.
En primer lugar, que una de las partes quiera terminar con el matrimonio. Las personas deben llevar separadas un tiempo determinado. En este caso deben poder comprobarse tres años desde el cese de la convivencia.
La separación o cese de la vida en común es un punto clave, que de no existir no permitirá que se verifique el divorcio. Este hecho se acredita mediante un documento llamado cese de convivencia que se solicita ante el Registro Civil.
Respecto del cese de convivencia se debe distinguir dos tipos de trámite.
Para los matrimonios celebrados antes del 2004, no se requieren que el cese efectivo de convivencia conste en un antecedente por escrito. Entonces, se realiza mediante la declaración de testigos.
Para los matrimonios celebrados posteriormente a noviembre del 2004, la separación debe constar en un “acta de cese de convivencia” que puede solicitar concurriendo ambos cónyuges al Servicio de Registro Civil e Identificación. Esto debido a la nueva Ley de Matrimonio Civil. En caso de que sea solicitada por uno solo de los cónyuges, deberá ser informada al otro cónyuge mediante una notificación judicial. Alternativamente, el cese de convivencia también podría constar en una resolución judicial.
Sí, existen ciertos casos en que el hombre o mujer debe pagar una suma de dinero al otro cónyuge como compensación económica. Esto ocurre cuando una de las partes se dedicó al cuidado de los hijos y del hogar común y, a consecuencia de eso, no pudo trabajar o se desarrolló académica o laboralmente en menor medida de lo que hubiera querido. En este caso, el cónyuge que se ha visto afectado tiene derecho a demandar una compensación económica junto con el divorcio.
Los documentos que se requerirán son:
– Certificado de matrimonio.
– Acta de celebración de matrimonio (se puede obtener en el Servicio de Registro Civil e Identificación).
– Certificado de nacimiento de los hijos del matrimonio (en caso de que corresponda).
– Acta de cese de convivencia de mutuo acuerdo o notificada al otro cónyuge, para los matrimonios celebrados con posterioridad 2004.
– Lista de al menos tres testigos mayores de edad, se debe indicar el nombre completo, RUT, teléfono, domicilio y profesión u oficio, a fin de que declaren respecto al cese de convivencia y que no se ha reanudado el vínculo matrimonial.
– Nombre completo, domicilio y profesión u oficio de ambos cónyuges (si no se cuenta con el domicilio del otro cónyuge no es posible iniciar el divorcio).
– Fotocopia de su cédula de identidad.
Sí, se necesita un abogado. Este trámite judicial requiere por obligación que las partes que se estén divorciando sean representadas por un abogado.
Después del divorcio el estado civil será divorciada o divorciado.