Firma electrónica: Un mecanismo simple
La firma electrónica viene a descomplejizar los sistemas de registro de información, no solo en un sentido funcional respecto al almacenamiento de los mismo, sino también en cuanto a la forma de suscripción de instrumentos, lo cual genera necesariamente la necesidad de establecer mecanismos digitales que sirvan de manera funcional a la adopción de nuevas tecnologías.
Es así, que a fin de dar validez a los documentos electrónicos, se establece un sistema de firmas electrónicas, regulados por la ley 19.799 y su reglamento,, distinguiendo entre firma electrónica simple y firma electrónica avanzada:
- Firma electrónica simple (FES): se define como cualquier clase de sonido, símbolo o proceso electrónico que permita al receptor de un documento electrónico identificar, al menos formalmente, a su autor. En relación a lo anterior, y a modo de ejemplo, los siguientes actos constituyen también una firma electrónica:
- La imagen escaneada de una firma manuscrita incorporada al final de un documento electrónico;
- Huella digital o iris (sistema biométrico)un medio biométrico
- Marcar una casilla de verificación(checkbox) en un formulario electrónico
- Loggin en plataformas
- Etc.
Ahora en cuanto a la validez de estos actos, y en virtud del principio de equivalencia de soportes, un contrato suscrito con Firma Electrónica Simple tiene el mismo valor jurídico que una firma manuscrita
Firma electrónica avanzada (FEA):
Se define como aquella firma certificada por un prestador acreditado y que ha sido creada usando medios que el titular mantiene bajo su exclusivo control, de manera que se vincule únicamente al mismo y a los datos a los que se refiere, permitiendo la detección posterior de cualquier modificación, verificando la identidad del titular e impidiendo que desconozca la integridad del documento y su autoría. En la práctica, existen múltiples prestadores del servicio, los cuales realizan la verificación de la identidad del suscriptor del servicio para así asignarle un dispositivo que contendrá la firma digital a insertar en el documento (token), previa confirmación de una clave.
Actualmente, encontramos los siguientes prestadores del servicio:
– [E-CERTCHILE](https://www.e-certchile.cl/)
– [ACEPTA.COM](https://sovos.com/es)
– [E-SIGN S.A.](https://firma.cl/)
– [CERTINET S.A.](https://www.certinet.cl/)
– [E-PARTNERS (Paperless](https://www.pkichile.cl/)
– [BPO-Advisors (IDok)](https://idok.cl/)
– [Thomas Signe](https://www.thomas-signe.cl/)
Finalmente, respecto a los usos que se le puede dar a la F.E.A., encontramos los siguientes ejemplos:
- Contratos bancarios electrónicos.
- Pago Automático de Cuentas (PAC).
- Documento electrónico laboral.
- Sistema de pensiones.
- Contratos de fondos mutuos.
- Póliza electrónica de seguros.
- Seguro Electrónico Obligatorio de Accidentes Personales (SOAP).
- Documentos establecidos en la NCG 12.
- Documento electrónico laboral.
- Contratos de valores de oferta pública.
- Contratos y documentos de cajas de compensación de asignación familiar.
- Certificados de revisión técnica y verificación.
- Convenios electrónicos para autopistas.
- Permiso electrónico de circulación.
- Certificados de situación al día.
- Contrato a honorarios y títulos electrónicos.
- Títulos profesionales y estatuto administrativo.
- Receta médica electrónica
Ahora bien, respecto a los prestadores de servicios de certificación, estos deberán mantener un registro de certificados de acceso público, en el que se garantice la disponibilidad de la información contenida en él de manera regular y continua.
¿Se puede acceder al registro?
A dicho registro se podrá acceder por medios electrónicos y en él deberán constar los certificados emitidos por el certificador, indicando si los mismos se encuentran vigentes, revocados, suspendidos, traspasados de otro prestador de servicios de certificación u homologados.
Finalmente, y en relación a las normas técnicas que tienen por finalidad resguardar la integridad de los documentos en los cuales se inserta una firma electrónica avanzada (F.E.A.), es que resulta necesario señalar el hecho de que insertando el certificado digital que contiene la firma electrónica, el archivo creado se encripta, lo cual genera un nivel de seguridad adicional, manteniendo la integridad del mismo, y no permitiendo que se generen modificaciones posteriores.