¿Cómo solicitar el subsidio del sueldo mínimo?

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El gobierno de Chile ha implementado diversos subsidios y apoyos para fortalecer el sector de las pequeñas y medianas empresas (pymes).

Una de las medidas clave es el subsidio del sueldo mínimo destinado a las pymes, que busca aliviar la carga financiera de estas empresas y promover el empleo.

En este artículo, te explicaremos paso a paso cómo solicitar este beneficio y las consideraciones legales que debes tener en cuenta.

¿El valor de 400 mil es para todo tipo de trabajador?

En mayo de este año, el presidente de la República, Gabriel Boric promulgó la ley que aumenta el sueldo mínimo.

El 1 de agosto se publicó en el Diario Oficial de la Ley N° 21.456 que reajusta el ingreso mínimo en Chile mensual para los trabajadores del sector privado con jornada ordinaria.

De acuerdo al decreto 1.089 del Ministerio de Hacienda los valores del salario mínimo para los trabajadores quedarían así:

  • 18 y 65 años de edad = $ 400.000
  • Menores de 18 años y mayores de 65 años = $ 292.391
  • Trabajadores mínimo mensual para efectos no remuneracionales = $ 257.836

¿Quiénes son los beneficiarios del subsidio?

  • Personas naturales y jurídicas que cuenten con información de ingresos para todo el año calendario 2021.
  • Personas naturales y jurídicas que hayan informado su inicio de actividades entre el 1 de enero y 31 de diciembre de 2021 y no cuenten con información de ingresos por venta y servicios durante el año calendario 2021.

Para el cálculo de los ingresos máximo se tendrá en cuenta los ingresos obtenidos en los primeros tres meses consecutivos de ventas del giro informado ante el SII (Servicio de Impuestos Internos).

  • Personas naturales y jurídicas que estén acogidas al régimen de presunción de renta contemplado en el artículo 34 de la Ley 824.
  • Personas jurídicas sin fines de lucro y comunidades constituidas hasta el 30 de abril de 2022.

Si éstas no registran ingresos anuales por ventas y servicios serán consideradas como microempresas para los efectos de esta ley.

¿Cómo se calcula el monto del subsidio base mensual?

El monto del subsidio base mensual será calculado entre un monto por trabajador y el número de trabajadores, según las siguientes reglas:

  • El monto por trabajador será igual a $22.000 entre los meses de mayo de 2022 a julio del mismo año y $26.000 a partir de agosto de 2022. No obstante, en el evento que se cumpla el supuesto reajuste al ingreso mínimo mensual contemplado en el artículo 8, entre enero y abril de 2023, el monto por trabajador será igual a $32.000.
  • Los trabajadores que se considerarán para el cálculo del subsidio serán aquellos que registren ingresos imponibles entre $349.000 y $351.000 y entre $436.500 y $438.500 en el mes base correspondiente.
  • Se considerará como mes base el que, entre enero y abril de 2022, tenga el mayor número de trabajadores considerados para el cálculo del subsidio.

Excepcionalmente, las empresas que informaron actividades desde el 1 de marzo de 2022 en adelante, para calcular el subsidio consideraran como mes base, el mes con mayor número de trabajadores(as), entre los primeros 3 meses de ventas y servicios según el giro.

Para los meses base de mayo a julio de 2022, se considerarán los trabajadores que registren ingresos imponibles entre $379.000 y $381.000, y entre $474.000 y $476.000.

En el caso de los meses de agosto a diciembre de 2022 y enero de 2023 a abril de ese mismo año, se considerarán los trabajadores dependientes que registren ingresos imponibles entre $399.000 y $401.000, y entre $499.000 y $501.000.

¿Cómo se solicita el beneficio?

El subsidio deberá ser solicitado por el beneficiario sólo por una única vez, sin perjuicio de que se devengará mensualmente, y para ello debe hacer lo siguiente:

  • La solicitud se realizará en una plataforma electrónica dispuesta por el SII.
  • Una vez verificado el cumplimiento de los requisitos, el SII le informará a la Tesorería General de la República para que proceda a pagarlo.

¿Cuándo se podrá hacer la solicitud?

Aquellas empresas que no cuenten información por ventas y servicios podrán realizar la solicitud del subsidio 20 días corridos desde que se publique la Ley en el Diario Oficial. A partir de esa fecha tendrá un plazo de 90 días de corrido.

Empresas que realizaron el cálculo de los ingresos máximos y sumando los ingresos de los primeros 3 meses consecutivos de ventas y/o servicios, podrán solicitar el subsidio desde el mes siguiente al que cumplan los requisitos.

El SII determinará los días del mes en que la plataforma estará habilitada para efectuar la postulación al subsidio.

¿Cuándo será el primer pago?

El primer pago se realizará en el plazo de 15 días de corrido, contados desde la fecha en que el SII comunicó la procedencia del subsidio respectivo al beneficiario.

Los pagos siguientes se realizarán en el último día hábil del mes respectivo.

¿Cuáles son las prohibiciones y sanciones que debe tener en cuenta el beneficiario?

La empresa beneficiaria no podrá poner término al contrato de trabajo con algún trabajador dependiente y suscribir uno nuevo, ya sea con el mismo trabajador dependiente o uno distinto. Ni tampoco podrá pactar una remuneración inferior de la que recibía, cuya motivación puede ser para obtener el subsidio.

Tampoco podrá modificar los contratos de trabajo de sus trabajadores dependientes ni reducir la remuneración bruta mensual, ni de ninguno de sus componentes.

Quien incurra en las conductas indicadas, a contar del 30 de abril de 2022, no podrá recibir el subsidio.

La empresa no podrá pactar las remuneraciones con sus trabajadores dependientes teniendo como énfasis el monto del subsidio, sino que el acuerdo debe ser de manera objetiva, considerando las capacidades, calificaciones, idoneidad y responsabilidad o productividad del trabajador.

La empresa beneficiaria que incurra en algunas de las conductas señaladas será sancionada con una multa a beneficio fiscal, según lo dispuesto en el artículo 506 del Código del Trabajo, por cada trabajador dependiente.

Si su empresa es candidata a ser beneficiario del subsidio para dar cumplimiento con el pago del nuevo sueldo mínimo, resuelva sus dudas con nosotros-

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