¿Cómo demandar pensión de alimentos cuando se vive en el extranjero?

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La pensión de alimentos es un derecho: ¡Una guía completa que debes leer!

Pensión de Alimentos

La obligación de pagar alimentos trasciende fronteras. Aunque pocas personas lo sepan, existe la posibilidad de demandar alimentos y exigir el cumplimiento al padre o madre que está en el extranjero, estando el alimentario en Chile.

Frente al aumento en el ingreso de personas de otras nacionalidades a nuestro país, y a la alta tasa de incumplimiento en los pagos de pensiones alimenticias, se hace indispensable entender qué pasa cuando quien debe proporcionar alimentos ya no vive en Chile.

En Total Abogados recibimos a diario muchas dudas en esta materia, que aprovecharemos de responder en este espacio. ¡Toma nota!

¿Es posible demandar alimentos si la persona vive fuera de Chile?

Afortunadamente, Chile es un país que lleva años de avances legislativos en la protección del derecho a alimentos de niños, niñas y adolescentes.

Desde 1956, estamos adheridos a la Convención de Nueva York. Este tratado internacional permite interponer acciones legales desde Chile a los demás países que son miembros, con objeto de regular alimentos.

Esta convención hace posible demandar cuando la persona que deba pagar los alimentos, ya sea el padre o madre, resida en otro de los países que han adherido a la Convención.

¿Cómo se puede demandar alimentos si el papá o mamá vive en el extranjero?

La Convención establece un marco de colaboración entre los países que adhieren al Convenio.

En ese sentido, existe la Autoridad Remitente, que representa a la parte demandante de alimentos y una Institución Intermediaria, que corresponde al país donde se encuentra el demandado.

En Chile, la Autoridad Remitente corresponde a la Corporación de Asistencia Judicial, quienes están encargados de recibir las solicitudes de demanda por pensión de alimentos en el extranjero y remitirse a la Institución Intermediaria del país del padre o madre que debe pagar alimentos.

Conforme al Convenio de Nueva York, cada país contratante debe designar a una Autoridad Remitente e Institución Intermediaria. Debe ser un organismo público, de carácter judicial o administrativo

¿Quiénes pueden demandar alimentos en el extranjero?

La acción de demandar alimentos en el extranjero corre para toda persona que tenga calidad de alimentario o su representante legal. El trámite ante la Corporación de Asistencia Judicial Metropolitana es gratuito. Lo puede entablar un chileno o extranjero en nuestro país y no limita rangos de ingreso.

¿Qué documentos se necesitan para demandar alimentos en el extranjero?

Para poder presentar una demanda de alimentos en uno de los países que ratificó la Convención de Nueva York, se necesita concurrir a la Oficina de Informaciones, Reclamos y Sugerencias (OIRS) de la CAJ Metropolitana, ubicada en Agustinas 1401, Santiago. El horario de atención es  de lunes a viernes, de 9:00 a 13:30 horas y de 14:30 a 17:30 horas.

Para eso es importante llevar:

  • Todos los documentos propios para presentar una demanda de alimentos (certificados de parentesco, una relación de los hechos, documentos que acrediten gastos de manutención, entre otros)
  • Poder  para que la Institución Intermediaria (la entidad del país en donde se encuentra el demandado) pueda actuar en nombre del demandante
  • Una fotografía del demandante de alimentos.
  • Una fotografía del deudor de alimentos

¿Qué pasa si el alimentante se va del país manteniendo una deuda de pensión de alimentos?

Va a depender. Si el padre o madre tenía una pensión de alimentos regulada y se va del país, se podría intentar obtener el cumplimiento forzado a través de bienes o fondos que haya dejado en Chile.

Por ejemplo, si un padre es demandado en Chile a pagar una pensión y se va del país, incumpliendo con su obligación de pago, el alimentario o demandante podría pedir retención de sus fondos de la AFP o retención de otros fondos en instrumentos financieros.

Independientemente de esta opción, es posible realizar la demanda de cumplimiento a través del mecanismo

¿Qué países son parte del Convenio de Nueva York?

Algunos de los países que han suscrito el Convenio de Nueva York son:

  • Alemania
  • Argentina
  • Australia
  • Brasil
  • Bolivia
  • Chile
  • China 
  • Colombia
  • Cuba
  • El Salvador
  • España
  • Ecuador
  • Estados Unidos
  • Francia
  • Guatemala
  • Haití
  • Uruguay
  • Panamá
  • Republica Dominicana
  • Perú
  • Venezuela

Si bien existen muchos países más, en esta oportunidad queremos enumerar los países que tienden a tener mayores relaciones con Chile. Ya sea por razones migratorias, territoriales u otras.

Conclusiones y recomendaciones

Si bien hoy en día es posible realizar una demanda de alimentos contra una persona que se encuentra viviendo en el extranjero, es importante entender que este trámite tiene ciertas complejidades.

En atención a lo anterior, es preferible evitar llegar a la instancia de tener que demandar alimentos estando la otra persona fuera del país. Claramente es una situación mucho más compleja que perseguir el cumplimiento dentro del territorio nacional.

 

En Total Abogados, te entregamos estas 5 recomendaciones:

  1. Regular la pensión de alimentos cuanto antes frente a los mecanismos formales que establece la ley (mediación familiar o demanda en el tribunal de familia). Recuerda que lo que no se regula, solo es una obligación moral y no da lugar a exigencias legales.
  2. Perseguir siempre el cumplimiento frente a la deuda. Mantener una actitud activa frente al incumplimiento, solicitando liquidaciones y medidas de apremio al tribunal.
  3. Si existe una deuda de pensión de alimentos, solicitar el arraigo nacional como medida de apremio. Sobre todo frente a personas deudoras que son de otra nacionalidad o tienen arraigo con otros países.
  4. Además del arraigo nacional, recomendamos solicitar la prohibición de sacar o renovar pasaporte.
  5. Esta medida contribuye directamente  a  evitar que la persona salga del país si mantiene una deuda y hacer más difícil la opción de tener que demandar en el extranjero.
  6. Asesorarse siempre con abogadas y  abogados expertos para encontrar la mejor solución.

Te invitamos a que si tienes cualquier duda respecto a esta materia, puedas agendar tu asesoría con nosotros, para poder entregarte el acompañamiento y representación que necesitas.

Recuerda que la pensión de alimentos es un derecho de tu hijo o hija a recibir los medios económicos necesarios y suficientes para satisfacer las necesidades básicas para su subsistencia y desarrollo.

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