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Aguinaldo: ¿Beneficio u obligación legal? ¡Entérate acá!

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En esta época del año, con Navidad y año nuevo a la vuelta de la esquina, la mayoría de las personas aumentan sus gastos personales. Por eso, la entrega de aguinaldo parece ser un alivio para muchos trabajadores, y una preocupación para algunas empresas. Muchas personas se preguntan al pensar en aguinaldos: ¿beneficio u obligación legal?

Poco se sabe sobre los aspectos legales del aguinaldo, y es por eso que acá respondemos las dudas legales más frecuentes sobre este tema.

¿El aguinaldo es una obligación legal?

No.

En nuestro país, la entrega de aguinaldos para los trabajadores de empresas privadas, opera como un beneficio que depende del empleador, ya que no es una obligación legal.

¿Existen excepciones?

Si, en empresas privadas, el aguinaldo podría pasar a ser obligatorio en 3 casos:

  1. Si expresamente se estipula en el contrato de trabajo.
  2. Si se contempla en el contrato colectivo como resultado de una Negociación Colectiva.
  3. Si se entrega de manera reiterada y sistemática en el tiempo. Podría operar como una cláusula tácita y se entiende como un derecho adquirido.

¿Este beneficio constituye renta?

Si bien el aguinaldo es considerado como un regalo para el trabajador, si constituye renta porque es parte de la remuneración y se deben pagar impuestos e imposiciones sobre este monto.

Si el aguinaldo consiste en una gift card o una caja navideña, ¿también constituye renta?

Así es, se entiende que constituye renta sobre el valor de la tarjeta de regalo o las especies que se entregan.

¿Qué pasa con los trabajadores que se encuentran con licencia o de vacaciones al momento de la entrega del aguinaldo?

Depende. Mientras no sea una obligación legal, es decisión del empleador considerar a quienes están con licencia o de vacaciones en el pago del aguinaldo.
Sin embargo, en los casos en que el aguinaldo se entiende como un derecho del trabajador, ya sea porque existe una costumbre en su entrega, o está estipulado en un contrato individual o colectivo, la Dirección del Trabajo señala que la persona mantiene su derecho a recibirlo, a pesar de encontrarse con licencia médica o haciendo uso de su feriado legal.

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